Andalucía

El TSJA desestima los recursos y avala la composición de las mesas de negociación en la Administración de la Junta

Dicha Mesa General se constituyó el 28 de septiembre de 2012, tras la finalización de las elecciones sindicales en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía, con la presencia de CSIF, UGT y CCOO

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  • TSJA -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado los recursos presentados por sindicatos contra la composición de las mesas de negociación en la Administración de la Junta de Andalucía, tras las últimas elecciones sindicales, avalando las decisiones adoptadas por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, según ha indicado la propia Consejería en una nota.

   En dicho comunicado, la Junta explica que en concreto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en sentencia de 17 de julio, ha desestimado el recurso interpuesto por la Federación Andaluza de Sindicatos Profesionales Independientes (Faspi), por no estar presente en la Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.

   Dicha Mesa General se constituyó el 28 de septiembre de 2012, tras la finalización de las elecciones sindicales en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía, con la presencia de CSIF, UGT y CCOO.

   La Junta indica que la federación Faspi, integrada por el Sindicato Médico Andaluz (SMA), el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) y la Asociación de Profesores de Instituto de Andalucía (APIA), obtuvo más del diez por ciento de los votos en el ámbito del personal funcionario y estatutario, pero no reunió tal representatividad en el ámbito del personal laboral.

   La sentencia del TSJA "comparte la argumentación de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, considerando que Faspi no tiene derecho a ser miembro de la referida Mesa General de Negociación, por carecer de representatividad suficiente en el ámbito del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, no siendo suficiente el dato de su representación 'ni siquiera globalmente considerado', por lo que no puede participar en la negociación de condiciones de trabajo que afectan a un colectivo al que no representa".

   En una segunda sentencia, de 17 de julio de 2013, el TSJA falla, asimismo, a favor de la Administración de la Junta de Andalucía, avalando la presencia sindical en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración de la Junta de Andalucía.

   Esta Mesa Sectorial se constituyó el 21 de febrero de 2012, tras la finalización de las elecciones sindicales correspondientes al personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía, con la presencia de las Organizaciones sindicales SAF, CSIF, Ustea, UGT y CCOO.

   El Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) recurrió la respuesta de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de 18 de abril de 2012, a su petición de exclusión de UGT y CCOO de dicha Mesa Sectorial de Negociación.

   Esta segunda sentencia "desestima la pretensión de SAF, declarando correcta la decisión de la Administración, con base en los artículos 33 y 35 del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 6.3 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, e invocando la Sentencia del Tribunal Constitucional 98/1985, para reconocer el derecho de UGT y CCOO, como sindicatos más representativos a nivel estatal, a estar presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía".

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