El anteproyecto de Ley garantiza, tal y como señalaba en su dictamen el Consejo Consultivo de Andalucía, que los poderes públicos cumplan con la obligación estatutaria de procurar una vivienda digna y asequible para aquellos que no puedan acceder a una en el mercado libre.
Así, la norma obligará a los ayuntamientos a crear registros de demandantes que servirán para configurar los planes municipales según las necesidades de sus ciudadanos. Los municipios de más de 5.000 habitantes deberán planificar estas actuaciones y adjudicar las viviendas en alquiler o en propiedad, mientras que los de menos población, no estarán obligados a redactar ese plan pero sí a realizar políticas que garanticen el acceso a la vivienda a aquellos que lo demanden.
La Junta de Andalucía deberá redactar a su vez un plan autonómico de vivienda (a revisar cada cinco años), aunque la base será el Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, que deberá ser adaptado a la Ley. Además, podrá realizar reservas de suelo o actuaciones supramunicipales en caso de que los municipios no tengan suelo o incumplan su obligación de ofertar vivienda protegida.
Además, para formar parte del registro de demandante, los ciudadanos deberán acreditar que carecen de ingresos para acceder al mercado libre (el parámetro a utilizar sería el establecido en el Plan Concertado, es decir, que el núcleo familiar no ingrese más de 3.000 euros al mes); que se resida en Andalucía; no ser titulares de propiedad o derecho real de uso de otra vivienda; y acreditar que se puede llevar una vida independiente.
Espadas explicó que este registro debe ser “vivo”, con actualizaciones periódicas para conocer las demandas de VPO en cada municipio, aunque un decreto determinará los requisitos y acreditaciones para garantizar las condiciones del ejercicio de este derecho de tercera generación.
Desarrollo del plan
Los municipios tendrán dos años para redactar estos planes de vivienda y comenzar a ejecutarlos, al igual que la Junta, aunque Espadas quiso señalar que la Administración autonómica ya se ha adelantado con la aprobación del Plan Concertado.
Pasado este tiempo será el momento en el que los ciudadanos podrán exigir ante los tribunales que las Administraciones cumplan su obligación de garantizar el acceso a esa vivienda digna, aunque no podrán exigir que se les adjudique una casa, puesto que la Ley sólo obliga a los poderes públicos a promover actuaciones para garantizar el derecho. Si el ayuntamiento no cumple, señalaba Espadas, la Junta puede actuar haciendo reserva de suelo o determinando las áreas en las que aplicar sus políticas de vivienda.
Espadas negó que la Ley deje la responsabilidad en manos de los Ayuntamientos sino que “nos repartimos el trabajo”, ya que ha sido abordado en el seno de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP) y las previsiones son “perfectamente asumidas y compartidas por los ayuntamientos, que son conscientes de que sólo sobre su suelo municipal se puede construir vivienda protegida”.
En cuanto a la financiación, Espadas apuntó que está completamente garantizada a través de los diferentes planes de vivienda con fondos tanto autonómicos como estatales, resaltando que también se apoyará a los municipios en la redacción de sus planes y en la configuración de los registros de demandantes. Añadió que el Plan Concertado ya recoge actuaciones públicas y privadas por más de 11.000 millones de euros.
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