El juzgado de Primera Instancia 25 de Sevilla ha rechazado la demanda interpuesta por Minas de Riotinto (MRT) contra Mantesur (MSA) y Emed Tartessus por la que pretendía anular el contrato de compraventa de la Unidad Industrial de 2004 alegando incumplimientos en el mantenimiento de las balsas de estériles. La desestimación, que supone un nuevo y duro revés judicial contra Carlos Estévez, impone, además, las costas judiciales a MRT, que según fuentes consultadas por Viva, pueden llegar a ser muy elevadas por la cuantía de la demanda.
La magistrada Marina del Río, en una sentencia fechada el 17 de julio y contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia de Sevilla, rechaza en todos sus extremos las pretensiones de MRT y considera, además, en contundentes términos, que el “único testigo imparcial” del caso fue el jefe del Servicio de Minas de Huelva, Tomás Fernández Nuviala, quien constató que el mantenimiento de la balsas no había sido “peor ni más negligente” que el que antes había hecho MRT. La desacreditación de los testigos de MRT efecturada por la defensa de MSA, y en especial de Alonso Bugueiro que tuvo que reconocer en la propia sala que estaba denunciado por Mantesur en varias ocasiones, fue clave para que la juzgadora halla fallado a favor de Mantesur.
La demanda presentada por Carlos Estévez a través de MRT y con el actual secretario de la Comisión Liquidadora, Jorge Díaz del Río, como abogado firmante, pretendía declarar resuelta o nula la venta que en 2004 hizo la propia Comisión Liquidadora y Estévez, de los activos de MRT, por supuestos incumplimientos de las obligaciones de mantenimiento de las balsas. La sentencia deja claro que esta obligación viene impuesta por la legislación minera y no una “específica obligación contractual” que, por otra parte, MRT no exigió como condición resolutoria.
No está probado
Incide la sentencia en que ese supuesto incumplimiento grave “tampoco está suficientemente probado”, a pesar de los expedientes y las sanciones, cargadas a MRT como poseedor de los derechos en esos momentos y que, apunta, tampoco se han abonado por MRT, conclusión que extrae de las pruebas practicadas.
Sobre los incidentes más graves, destaca que el de 2007 se produjo siendo Carlos Estévez director facultativo del mantenimiento, un cargo que asumía “de facto” porque “no ha quedado suficientemente acreditado en el juicio su verdadero cargo en este aspecto”.
Con este nuevo revés judicial, el consejero delegado de MRT y vocal de la Comisión Liquidadora Carlos Estévez habría agotado todas las posibilidades legales de atacar la venta de activos a Emed en 2008. Se da la circunstancia de que la juez no dejó siquiera declarar a Estévez, a la vista de las alegaciones del letrado de Mantesur, Miguel Salas, a quien Estévez, se dirigió profiriendo insultos tras su intervención en la vista.
Estévez y la justicia
En la lectura de su informe, Salas hizo un recorrido por la trayectoria de Estévez en Riotinto, detallando los procesos penales abiertos contra él y las estratagemas que había intentado contra Mantesur y la reapertura de Riotinto a partir de 2008, cuando se intentó desbaratar el acuerdo para reabrirlas sin su participación.
Estévez ya intentó anular esa venta, pretendiendo el concurso de acreedores de Mantesur al amparo de unas supuestas deudas con la compañía de Construcciones Zeitung (propiedad de José Rabade, empresario vinculado a una red de fraude de IVA investigada por otros juzgados) que fue desestimada y confirmada por la Audiencia de Sevilla, imponiéndoles también unas costas millonarias que no fueron abonadas por la insolvencia de la esa compañía.
Según fuentes jurídicas, a Estévez se le presenta ahora un panorama judicial complejo, con seis querellas criminales contra él y sus más directos colaboradores, que se encuentran en fase avanzada de instrucción y que acumularían penas de hasta 12 años de prisión. En este sentido, fuentes consultadas por Viva han anunciado que en septiembre, y dentro de otro proceso judicial que se dirime en el juzgado de Instrucción 13 de Sevilla, la acusación podría plantear el ingreso en prisión preventiva de Estévez ante el riesgo de fuga y la gravedad de las penas que podrían serles impuestas en estas demandas.
MRT deberá pagar ahora a Mantesur unas costas procesales de consideración, aunque las costas de Emed sí deberán ser abonadas por ella misma.
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