La defensa de la cantante Isabel Pantoja ha presentado el recurso ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia de Málaga en la que se le condenó por un delito de blanqueo de capitales a dos años de prisión y multa de 1,1 millones de euros. Así, en el escrito se alegan cinco motivos y se solicita la absolución de la cantante, según han informado fuentes de la defensa.
El recurso, elaborado por el letrado José Ángel Galán y el catedrático de Derecho Penal Luis Rodríguez Ramos, expone en esos cinco motivos la "diferente interpretación de la prueba" a juicio de la representación legal de la tonadillera "equivocada", que ha hecho la Sala en varios supuestos o hechos, según han precisado a Europa Press las mismas fuentes.
Así, han explicado que fundamentalmente se alega que las informaciones de los peritos respecto a las cuentas bancarias de la cantante "están apoyadas en extractos bancarios que no están en la causa y, por tanto, no han podido ser estudiados y ni contradichos", por lo que los letrados entienden que "se vulneran, así, derechos fundamentales".
Asimismo, se considera que ha existido "vulneración de la presunción de inocencia" y se insiste en una interpretación de las pruebas "que la defensa no entiende correcta", haciendo alusión en el escrito presentado, según han precisado, a los distintos hechos probados de los que habla la sentencia y que fueron objeto de análisis y estudio durante la vista oral.
Los letrados de la cantante ya elaboraron en su momento el anuncio del recurso de casación contra la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia, dictada el pasado 16 de abril, aunque el Tribunal no emplazó a las partes a presentar el recurso ante el Supremo hasta el pasado 25 de junio, dándoles un plazo para interponer el escrito.
La Audiencia consideró que la normalidad financiera y contable de la cantante "se ve alterada notablemente tras el inicio de su relación sentimental" con el exalcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz, "al utilizar las cuentas para aflorar efectivo ilícito de éste"; y facilitó la estructura societaria "a modo de tapadera" sabiendo que el dinero procedía "de actividades delictivas".
Para la Sala, Muñoz "se sirvió de las actividades empresariales, profesionales y de la estructura societaria" que Pantoja "ya poseía y que puso a su disposición para el logro de tales fines; a pesar de conocer que el origen del dinero procedía de las actividades delictivas" del exalcalde, "escondiendo, tras la relación con Julián Muñoz", las adquisiciones e inversiones.
Así, se señalaba que "el dinero y beneficios producidos por las actividades delictivas de Julián Muñoz, tras un primer enmascaramiento u ocultación de su origen, se mezclaba con otros de origen lícito, ya fuese por la de vía ingresos en las cuentas privativas de María Isabel Pantoja o de sus sociedades, ya fuese por la de vía adquisición de bienes".
"El resultado era una confusión patrimonial completa con la que se pretendía borrar cualquier rastro de la procedencia inicial e ilegal", añadía la sentencia, en la que se consideraba acreditado que "entre la acusada y Muñoz --al menos desde la segunda mitad de 2002-- existía una relación que no era ocasional sino íntima o de una estrecha amistad".
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