Andalucía

El juez pide a Invercaria los datos de contratación de los trabajadores que señaló la Cámara de Cuentas

Fueron contratados por Invercaria aunque "no prestaban de forma justificada sus servicios en ella" sino en el Observatorio para la Innovación y Participación

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El juez de Sevilla que investiga las presuntas irregularidades en Invercaria ha solicitado a la sociedad pública de capital riesgo que aporte los datos de contratación de los tres trabajadores que, según indicó la Cámara de Cuentas en su informe de fiscalización de 2009, fueron contratados por Invercaria aunque "no prestaban de forma justificada sus servicios en ella" sino en el Observatorio para la Innovación y Participación.

   En una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez de Instrucción número 16 de Sevilla, Juan Gutiérrez Casillas, atiende la petición realizada por la Fiscalía Anticorrupción una vez recibida el Acta de Liquidación Provisional del Tribunal de Cuentas, en la cual se descartaba que los responsables de Invercaria incurrieran en responsabilidades contables "por alcance" por la contratación de estos tres empleados y los gastos de representación del que fuera presidente, Tomás Pérez-Sauquillo, ascendentes a 25.101,09 euros en 2009.

   De este modo, el magistrado solicita a Invercaria que remita una copia del informe de 18 de enero de 2013, emitido por el representante legal de la entidad, en el que se describen los servicios prestados por dichos trabajadores en la propia Invercaria, así como de los documentos unidos al mismo.

   De igual modo, el magistrado solicita al secretario general de Innovación, Industria y Energía de la Junta que remita una copia de los informes de 8 de febrero y 30 de abril de 2013 remitidos al Tribunal de Cuentas por parte de Invercaria.

   Y es que Invercaria argumentó que el Observatorio mencionado carecía de personal propio, por lo que el Tribunal de Cuentas solicitó al gabinete jurídico de la Junta que aclarara el "régimen de personal" del observatorio, "dependencia orgánica y presupuesto con cargo al cual se abonan sus retribuciones".

   Ante esta petición, el secretario general de Innovación, Industria y Energía emitió un primer informe el 8 de febrero que "no respondió" al requerimiento realizado por el Tribunal de Cuentas, quien le requirió un nuevo informe finalmente redactado el 30 de abril.

LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE CUENTAS

   El Tribunal de Cuentas llevó a cabo las correspondientes actuaciones previas como consecuencia de las irregularidades puestas de manifiesto en el informe de fiscalización de la Cámara de Cuentas citado, en el que se aludía al abono de retribuciones a tres trabajadores contratados por Invercaria "que no prestan de forma justificada sus servicios en ella" y a los gastos de representación abonados en la etapa de Pérez-Sauquillo por importe de 25.101,09 euros, "sin que se haya acreditado debidamente su relación con la actividad de la empresa".

   En el acta de liquidación provisional, consultada por Europa Press, el Tribunal de Cuentas dice, en cuanto a la contratación de estos tres trabajadores, que "resulta indudable que el personal destinado al desarrollo de las funciones" del Observatorio de Empresas "ha venido prestando sus funciones en el ámbito de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, de la cual depende la entidad Invercaria, siendo sus retribuciones satisfechas con fondos públicos y sus servicios prestados en el ámbito público".

   Al hilo, concluye que "procede considerar que no se ha producido menoscabos en los fondos públicos que pudieran resultar determinantes de responsabilidad contable por alcance en la medida en que las retribuciones abonadas lo han sido en contraprestación de servicios prestados en el ámbito público de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, de la cual depende la misma entidad con cargo a cuyos presupuestos han sido abonadas dichas retribuciones".

   Respecto a la supuesta falta de justificación de los gastos de representación de Pérez-Sauquillo por importe de 25.101,09 euros, el Tribunal de Cuentas dice que, tras el análisis de la documentación aportada, "cabe considerar acreditados los gastos, por lo que no procede considerar la existencia de responsabilidad contable por alcance".

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