La Demarcación de Costas en Valencia ha denegado a la Federació d'Associacions de Veïns de València la autorización solicitada para celebrar una verbena en la playa de El Cabanyal con motivo de la Noche de San Juan, el 23 de junio.
En su respuesta, fechada el 22 de mayo, señala que "no hay ninguna evidencia sobre la necesidad" de que este evento "exija que tenga lugar precisamente en la playa" y apunta que, "además, existen ubicaciones próximas" donde se podría celebrar.
Al respecto, argumenta que la experiencia de años anteriores ha demostrado que la celebración de esta verbena "conlleva una gran afluencia de público a la playa y al paseo marítimo", que genera "importantes residuos que repercuten de forma negativa en la calidad de la arena de la playa".
Sobre esta cuestión, agrega que "una parte importante de esos residuos termina en el fondo marino" y que "por mucho que se extreme la limpieza" de esa zona, no se puede garantizar la "desaparición total" de los residuos allí depositados.
Costas mantiene que ese evento implica un aumento considerable tanto de la afluencia de público a la playa como "de las hogueras típicas de esa noche, no autorizadas por esta Demarcación", recalca.
Además, asegura que le consta "alguna queja de la existencia de cristales y vasos rotos que produjeron 19 incidentes de cortes en los pies" tras la celebración de la Noche de San Juan en la playa en el último año que se autorizó dicho evento.
PETICIÓN DE UNA ASOCIACIÓN PRIVADA, SIN PATROCINIO MUNICIPAL
El organismo dependiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente apunta que la petición ha sido efectuada por una asociación privada y no ha sido "promovida ni patrocinada por el Ayuntamiento", lo que conllevaría una "corresponsabilidad" del consistorio en su desarrollo y "generaría la garantía del mantenimiento del paseo marítimo y playa en las condiciones adecuadas, dado las competencias municipales en este ámbito", apostilla.
Indica, en este punto, que la autorización de verbenas solicitadas por entidades privadas "conllevaría un aumento considerable de las mismas, con el consiguiente deterioro y repercusión del dominio público marítimo-terrestre".
En su dictamen, Costas otorga un plazo de vista y audiencia de diez días para consultar el expediente y, en su caso, alegar o presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, antes de proceder a emitir la correspondiente resolución del expediente.
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