El juzgado penal 11 de Sevilla absuelve al matrimonio integrado por A.S.A. y E.B.G, para quienes el fiscal había pedido un año de cárcel, multa de 4.500 euros y la demolición a su costa de la construcción. Según la sentencia, el matrimonio compró la parcela e instaló en ella una cabaña de madera, una caseta destinada a trastero y una piscina de poliéster, en la que tomaban la luz mediante un enganche con la parcela colindante y el agua de un pozo instalado en la caseta.
El juez considera demostrado que se trata de una zona no urbanizable donde se hizo una parcelación irregular y donde el matrimonio construyó sin licencia, pero les absuelve por la “pasividad evidente” que el Ayuntamiento mantuvo durante años hacia la urbanización, donde existen cientos casos similares.
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