Andalucía

Ratificada la condena a exdelegados de Zona Franca del PP a pagar 4,3 millones por "irregularides"

Los condenados ejercieron, sucesivamente, el cargo de delegado especial del Estado en la Zona Franca de Cádiz en el periodo comprendido entre los años 2000 y 2004

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El Tribunal de Cuentas ha desestimado los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia dictada con fecha de 11 de octubre de 2011 por la que se condenaba a los exdelegados del Estado del PP en la Zona Franca de Cádiz Manuel Rodríguez de Castro y Miguel Osuna a pagar la cantidad de 4.321.639,18 euros por "irregularidades" cometidas cuando estaban al frente del Consorcio, al considerar el Tribunal que son "responsables contables directos" del perjuicio causado a los caudales públicos.

   El fallo, de 55 folios, al que ha tenido acceso Europa Press, confirma la sentencia de 2011 por la que el Tribunal de Cuentas estima íntegramente las pretensiones formuladas por la Abogacía del Estado, en representación de la Zona Franca de Cádiz, a la que se adhirió el Ministerio Fiscal contra Rodríguez de Castro y Osuna.

   Cabe señalar que los condenados ejercieron, sucesivamente, el cargo de delegado especial del Estado en la Zona Franca de Cádiz en el periodo comprendido entre los años 2000 y 2004. Concretamente, Rodríguez de Castro ocupó el puesto hasta febrero de 2001 y Osuna desde marzo de 2001 hasta el 15 de mayo de 2004.

   Así, considera a Rodríguez de Castro responsable contable directo de la utilización de tarjetas de crédito para gastos sin justificar que ascienden a 2.882,78 euros; también del incremento no justificado de pago de precio de dos mensualidades de un contrato de asesoría de imagen y técnica, en materia de comunicación, celebrado con la empresa Dos Folios y Medio, por importe total de 2.788,70 euros.

   Por la contratación con la sociedad Miami Free Zone Management Services Corporation, dentro del denominado Proyecto Rilco (Red Iberoamericana de Comercio Exterior), la cantidad de 3.696.325,74 euros de alcance, se declara a Osuna y Rodríguez de Castro responsables contables directos.

   De esa cantidad, conforme a la pretensión sostenida por la Abogacía del Estado, en función de los periodos imputables a cada uno de los demandados, 1.404.902 euros corresponden a Rodríguez de Castro, y el resto --2.291.423,74 euros-- a Osuna.

   Asimismo, considera un importe total de 619.641,96 euros por disposición de fondos para sufragar gastos financieros asumidos, por parte del Rilco y del Consorcio, como consecuencia de obtención de ayudas, en concepto de anticipos reintegrables que hubo que devolver, concedidas por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, y de otros gastos no incluidos en la cobertura de dichas ayudas, sin que procediera su asunción por el Consorcio. De esa cantidad, 235.513,94 corresponden a Rodríguez de Castro y el resto a Miguel Osuna.

   Así las cosas, Rodríguez de Castro debe abonar los 1.646.087,42 euros en los que supuestamente ha perjudicado los caudales públicos del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz, mientras que la cantidad para Miguel Osuna asciende a 2.675.551,76 euros.

   De la misma manera, el Tribunal de Cuentas condenaba en 2011 a ambos al pago de los intereses devengados, calculados con arreglo a los tipos legalmente establecidos y vigentes desde las fechas en que se entienden producidos los daños y perjuicios. Además, al ser total la estimación, veía procedente que las costas fueran impuestas a los demandados.

   Además, en el presente fallo, que tiene fecha de 9 de mayo de 2013, el Tribunal de Cuentas acuerda imponer las costas del recurso a los recurrentes. Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.

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