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Andalucía

Ortega Cano: “Llevo casi dos años pasando un quinario”

La Fiscalía y la acusación particular mantienen su petición de cuatro años de cárcel para el extorero. En la última jornada de la vista oral se escucharon los testimonios de los peritos que participaron en la reconstrucción del accidente, además de las alegaciones finales de todas las partes y la úl

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  • Ortega Cano -

“Llevo casi dos años pasando un quinario. Que sea lo que Dios quiera y que la Justicia dictamine”. Éstas fueron las palabras de José Ortega Cano ante el tribunal que le enjuician por el accidente que costó la vida a Carlos Parra. En su uso de su derecho a una última palabra, el ganadero reiteró que no bebió la noche del accidente y que cuando se enteró de que había fallecido una persona “quiso morir”.
De pie y frente a la jueza, Ortega Cano señaló que llevaba casi 40 años conduciendo sin haber tenido ningún accidente y que por eso cree que sufrió “un vahído o pérdida de sueño” en ese justo momento. “Yo por mi salud y por mi vida no debo beber y no bebí ese día. Que sea lo que Dios quiera”, finalizó.  

Conducción temeraria
Por su parte, el fiscal mantuvo la petición de cuatro años de cárcel para José Ortega Cano ya que considera “probado” que éste iba bajo los efectos del alcohol la noche del accidente por los numerosos testigos que así lo vieron, además del test de alcoholemia que arrojó una tasa que triplica lo permitido por Ley.

A su entender, “sólo un loco” conduce de esa manera, poniendo “en peligro” la vidad de los demás, por lo que volvió a pedir a la jueza que mandara a prisión al extorero, imputado por un delito de homicidio imprudente en concurso con dos delitos contra la seguridad vial.

Durante un informe final que se extendió durante más de 45 minutos, la Fiscalía rebatió todos y cada uno de los puntos de la defensa, considerando claves los testimonios de los camareros y de la vecina de Burguillos que vieron tambalearse al torero y bajo los efectos del alcohol, así como la de los testigos que llamaron al 112 para denunciar la conducción temeraria del acusado y su adelantamiento en un paso de cebra sobre un badén, invadiendo el sentido contrario y saltándose una línea continua.

El fiscal, que considera que no existen motivos para anular la prueba de alcoholemia realizada al torero después del fatal accidente ni que se vulnerara el derecho de intimidad del acusado por haberse hecho esta prueba sin su consentimiento, alegó que “no hubo consentimiento” porque se encontraba en coma, algo que se salvó con la orden dada por el juez.

Con respecto a la versión dada por los peritos de la defensa, el fiscal sostuvo que estos aplicaron “el coeficiente MPA, me paga el acusado”, para terminar diciendo que este juicio podría haberse evitado si Ortega Cano hubiera “pedido perdón de verdad y no en la prensa”.

Por su parte, la acusación particular también mantuvo su petición de cuatro años de cárcel para el imputado, asegurando que el dueño del hotel de Burguillos “mintió descaradamente” al asegurar que vio al torero “en perfecto estado” ya que ambos tenían entre manos un negocio.

El bogado de Ortega Cano pidió la libre absolución de su defendido por considerar nulo el test de alcoholemia al ser realizado sin su consentimiento. El juicio, después de cinco jornadas, quedó ayer visto para sentencia.

Una “distracción por embriaguez”, la causa

El informe pericial realizado por los cuatro agentes del Equipo de Reconstrucción de Accidentes (ERAT) de la Guardia Civil que estudiaron los hechos señala que fue una “distracción por embriaguez” lo que causó el impacto “fronto-angular” entre el vehículo de José Ortega Cano y el de Carlos Parra, que falleció en el acto. Así, los cuatro agentes que realizaron el informe aseguraron ayer que lo “más probable” es que esa “distracción” esté asociada a la previa ingesta de alcohol por parte del extorero -el test arrojó una tasa de 1,26 gramos de alcohol por litro de sangre- y no por un “desvanecimiento o vahído” tal y como sostiene el imputado, ya que “la trayectoria post-colisión indica que la dirección del Mercedes -coche que conducía Ortega- estuvo siempre orientada hacia la derecha” y que, además, existió “una acción sostenida sobre el volante incompatible con un desvanecimiento”.

El informe pericial refleja que el acusado invadió el carril contrario de “manera completa” y que colisionó de forma “fronto-angular” con el vehículo del fallecido a una velocidad de 125 kilómetros por hora, mientras que la víctima circulaba en esos momentos a 50,4 kilómetros por hora. Además, los datos indican que el ganadero invadió el carril contrario durante 60 metros por lo que no hubo intento alguno por su parte de evitar la colisión, aunque sí por la de Carlos Parra que realizó un leve giro a la derecha y aminoró la velocidad.

Por contra, el informe pericial de la defensa asegura que Ortega Cano circulaba entre 79 y 96 km/h y que los  “errores” en los cálculos de la Guardia Civil se deben a que para reconstruir los hechos se utilizó un modelo distinto de Mercedes que al que conducía esa noche el extorero.

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