El Consejo de Ministros ha dado luz verde hoy al informe sobre la reforma municipal, que incluirá una nueva ley de racionalización de la administración local y fijará baremos en los Presupuestos Generales del Estado para el sueldo de los alcaldes y empleados públicos. Estas son las principales claves:
- Clarificación de competencias municipales para evitar duplicidades bajo el principio "Una administración, una competencia".
- Se eliminan las "competencias impropias", aquellas que desempeñaban los ayuntamientos y correspondían a otras administraciones.
- Se fija un periodo transitorio de cinco años para el cambio de titularidad de las competencias de sanidad y educación y de un año para los servicios sociales, que serán exclusivas de las comunidades autónomas.
- El sueldo de los miembros de las corporaciones locales se fijará anualmente en los Presupuestos Generales del Estado, según la población del municipio y con el límite máximo de la nómina de los secretarios de Estado (entre 95.000 y 100.00 euros aproximadamente al año) para las ciudades con más de 500.000 habitantes.
- Los alcaldes de municipios con menos de mil habitantes no tendrán retribución.
- Los presidentes de las diputaciones tendrán un límite máximo por todos los conceptos retributivos y asistencia, que será igual al del alcalde de la corporación más poblada de su provincia.
- La Ley de Presupuestos fijará también los límites de las retribuciones de los empleados públicos y de los directivos del sector público local.
- El 82% de los concejales no cobrará y solo tendrán dedicación exclusiva 12.188 de los 68.285 ediles que hay en España.
- Se reducirá el número de asesores municipales, que no serán más de 6.489.
- Fortalecimiento de los interventores locales, que dependerán del Estado, para
dotarlos de mayor imparcialidad y garantizar un control financiero y presupuestario más riguroso.
- Las mancomunidades y entidades locales menores que no rindan cuentas en tres meses desaparecerán.
- A las diputaciones provinciales que no presenten las cuentas se les retendrán las participaciones en los ingresos del Estado.
- Los servicios municipales se someterán a un proceso de evaluación, por parte del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, para conocer su coste real y comparar con el eficiente.
- Si el municipio no puede mantener el servicios y se trata de una competencia impropia, se debe suprimir.
- Si es un servicio mínimo, en los ayuntamientos con menos de 20.000 habitantes pasaría a las diputaciones provinciales. En el caso de los municipios con más de 20.000 habitantes, voluntariamente podrían decidir integrar el ejercicio de la competencia en la administración superior o si es una competencia duplicada acordar su delegación con la comunidad autónoma.
- Esta delegación de competencias no será inferior a cinco años e irá siempre acompañada de la financiación íntegra de la misma.
- Solo se podrán aceptar delegaciones o suscribir convenios con las comunidades si se firma una cláusula de garantía de cumplimiento, que permitirá a la Administración General del Estado poder retener transferencias a las comunidad morosa del sistema de financiación.
- No se podrán crear nuevos entes públicos locales, tendrán que sanear o disolver los existentes y se suprimen los que dependan a su vez de otras entidades.
- Se limita el uso de autorizaciones administrativas locales para iniciar una actividad y se suprimen monopolios heredados del pasado (mercados y lonjas)
- Se acuerdan mecanismos de garantía de cumplimiento de la estabilidad presupuestaria y, en el caso extremo, se prevé la intervención del municipio.
- Ahorro neto estimado de 7.129 millones de euros en el periodo 2013-2015: 2.232 millones por clarificación de competencias, 3.282 millones por eliminación de duplicidades, 1.397 millones de euros del sector público local, 73 millones de euros por mancomunidades y entidades locales menores y 145 millones de euros por eventuales y cargos electos.
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