Andalucía

Condenan a multa a un taxista y a su mujer por quedarse con el móvil olvidado por un cliente

La Audiencia de Málaga ha confirmado la pena de multa impuesta a un taxista y a su mujer por quedarse con el móvil que olvidó un cliente en el vehículo, el cual utilizaron liberando el aparato y recortando una tarjeta que tenían

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La Audiencia de Málaga ha confirmado la pena de multa impuesta a un taxista y a su mujer por quedarse con el móvil que olvidó un cliente en el vehículo, el cual utilizaron liberando el aparato y recortando una tarjeta que tenían. De hecho, fueron sorprendidos por la Policía al tener conocimiento de su uso.

   Los hechos sucedieron en junio de 2011. Según la sentencia, que fue recurrida y ahora ha sido confirmada, un cliente dejó olvidado en el taxi conducido por el denunciado un teléfono marca Iphone 4, que, según se precisa en la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, el conductor cogió y "con intención de quedárselo, se lo dejó en su vivienda".

   Así, el taxista y su mujer utilizaron un manual para liberar el móvil y, tras colocarle una tarjeta que poseían y que habían recortado, decidieron utilizarla, "siendo sorprendidos por la Policía al tener conocimiento de su uso", según los hechos probados, que han sido confirmados.

   Por estos hechos, se condenó al matrimonio por una falta de apropiación indebida, imponiéndole a cada uno el pago de una multa de 300 euros. La sentencia fue recurrida por éstos, alegando error en la valoración de la prueba y vulneración de la presunción de inocencia, recurso que ha sido rechazado por el Tribunal.

   Al respecto, la Sala señala que al taxista, dada su profesión, "no debía resultarle extraño por inusual que los usuarios del vehículo en ocasiones se puedan olvidar objetos que porten" y que, por su actividad, "debía ser conocedor de su obligación de comunicarlo al radio taxi al que estuviera vinculado".

   Por contra, recuerda el Tribunal que el hombre no hizo eso, sino que, "con la cooperación necesaria" de su mujer, procedió a "apropiarse del objeto". Así, considera que no hay argumentos para modificar la resolución primera, pues la decisión "resulta acomodada a la realidad" que se extrae de las pruebas.

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