Como adelantó RONDA SEMANAL esta semana pasada, la promotora de Los Merinos ha comunicado oficialmente al Ayuntamiento de Ronda que no seguirá pagando las cantidades semestrales que ingresaba a favor del Consistorio en virtud al convenio de colaboración suscrito entre las partes y por lo que Copisa hacía frente al pago de los aprovechamientos urbanísticos por el proyecto. La comunicación, un escrito presentado ante el Registro Municipal tras solicitar el Ayuntamiento de la cantidad correspondiente al presente semestre, llegó al Consistorio pocas horas antes de que finalizara el plazo para el pago este 18 de diciembre. RONDA SEMANAL ha tenido acceso a ese escrito. En él, los promotores hacen una y otra vez referencia a la situación planteada tras que hace un mes el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anulase el Plan Parcial que permite la urbanización de Merinos Norte: “No se pretende esquivar el cumplimiento de nuestras obligaciones, pero debemos reconocer el nuevo marco derivado de la sentencia y, por tanto, de las consecuencias que puedan derivar ante el no querido caso de que no llegasen a prosperar los recursos interpuestos”, reza el documento registrado y con el que se solicita al Ayuntamiento que acepte la suspensión o paralización cautelar de los pagos.
En su alegato, los promotores hablan en todo momento de la salvaguarda de los intereses privados de la empresa. También los del Ayuntamiento, pero especialmente los propios. Así, tras afirmar que los pagos pendientes se reanudarán “tan pronto como se resuelvan los recursos”, dejan entrever que pueden darse “futuros episodios por los que esa Administración puede venir obligada a devolver las cantidades que ya hemos satisfecho en cumplimiento de nuestras obligaciones, más las que ahora se nos exigen”. Pero es que añaden los promotores que “en el supuesto de que la Administración no estimase que es factible suspender cautelarmente el pago, se estarían violando los derechos de este administrado de acuerdo a la propia Constitución”, y aluden para ello a sendas sentencias del Tribunal Constitucional en defensa de las garantías jurídicas de los administrados. Se recuerda al Ayuntamiento el llamado principio in dubio pro actione, que postula “a favor de la mayor garantía de los derechos de los interesados por encima de cualquier otra dificultad”, así como también una sentencia del Supremo de la que se desprende que “no es válida una resolución que pretende ejecutarse por la Administración en base a un planteamiento anulado”.
En su defensa, además, los asesores de la promotora han dejado entrever que “el pago podría ser además contrario a la sentencia” del TSJA, lo que “podría generar un atípico escenario procesal que podrían llevar al Tribunal a considerar que se está, indirectamente, reformando el contenido de su decisión judicial, lo que podría llevar a que se dicten nuevos actos administrativos que perturbarían posibles futuros escenarios procesales”.
Con todos estos argumentos, la promotora reclama al Ayuntamiento que considera la suspensión de los restantes pagos hasta la resolución de los recursos.
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