Andalucía

Absuelven a los principales acusados de sabotear el SIVE para tráfico de drogas

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto a ocho de los 13 acusados de formar parte de una organización --entre ellos dos agentes de la Guardia Civil--, acusada de sabotear el Sistema Integrado de Vigilancia Exterior (SIVE) en la zona de Lepe

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto a ocho de los 13 acusados de formar parte de una organización --entre ellos dos agentes de la Guardia Civil--, acusada de sabotear el Sistema Integrado de Vigilancia Exterior (SIVE) en la zona de Lepe y de facilitar y dar cobertura necesaria para que las bandas que así lo requirieran lograran introducir alijos de hachís en la costa de la provincia onubense.

   Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal ha decidido absolver a la mayoría de ellos, excepto a los cinco rumanos, acusados de participar en distintos alijos, que durante la primera sesión judicial mostraron su conformidad con los hechos, pero no con las penas, condenados finalmente a tres años y un día de prisión y a multas que oscilan desde los diez a los 35 millones de euros dependiendo de la cantidad de droga traficada en cada alijo.

   Así, el tribunal ha considerado nulo el auto del 15 de septiembre de 2010, a través del cual se autorizaron las escuchas telefónicas, de las que se derivaron posteriormente todas las diligencias. La Sección Primera considera nula estas escuchas por "falta de proporcionalidad de la medida de intervención a la vista de los escasos e insuficientes elementos indiciarios válidamente obtenidos sobre L.G.", al que considera el máximo líder de la organización.

   En este sentido, el tribunal señala que se ha vulnerado el derecho constitucional al secreto de las comunicaciones y extiende la nulidad a todas las diligencias derivadas de aquellas informaciones obtenidas a través de las escuchas telefónicas que consideran irregulares. Una petición que formularon los abogados en la primera sesión del juicio.

   El tribunal subraya que sólo pueden tomarse como válidos los hechos acreditados por pruebas lícitas y ajenas a las escuchas, y señala que no han podido demostrarse los delitos de asociación ilícita, ni delito de daños en bienes públicos, ni de blanqueo capitales ni de tenencia ilícita de armas, motivo por el cual ha decidido absolver a ocho de los 13 acusados.

   Durante el juicio, celebrado el pasado mes de noviembre, el Ministerio Fiscal renunció a la reproducción de las escuchas telefónicas en sala. Al respecto, una de las abogadas del caso María Teresa Largo señaló ante tal decisión que "si no se escuchan, es imposible comprobar si corresponden a las voces de los imputados".

   Cabe recordar a su vez que al día siguiente de finalizar el juicio, el tribunal dictó un auto en el que decretó la libertad provisional a los todos miembros de la organización que se encontraban en prisión --muchos de ellos tras varios meses-- al considerar que no había riesgo de fuga.

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