Así lo acuerda la Sala de lo Penal del TS en una sentencia que estima el recurso que J.R. interpuso contra la dictada en marzo del año pasado por la Audiencia de Huelva, que también le condenó a un año de prisión por un delito de violencia psíquica habitual sobre su cónyuge, pena que confirma el Alto Tribunal.
La Audiencia consideró probado que el acusado durante los años de matrimonio sometió a su pareja, de la que se divorció en 2006, “a una relación que debe calificarse de subordinación y dependencia”, y “gradualmente desarrolló hábitos de humillación y menosprecio hacia ella”. Según la sentencia, durante años le impuso un control exhaustivo de gastos y los contabilizaba en agendas, en las que añadía los encuentros sexuales que mantenía con su esposa.
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