La Consejería de Cultura y Deporte ha delegado en el Ayuntamiento de Sevilla, finalmente, las competencias relativas a la autorización de obras y actuaciones en el ámbito del Conjunto Histórico Artístico correspondiente al plan especial de protección elaborado por la Gerencia de Urbanismo para el subsector 8.3, bautizado como 'El Duque-El Salvador'. El Consistorio hispalense, cabe recordarlo, emprendió la redacción de planes especiales para todos los sectores de su casco histórico después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) suspendiese varios artículos del vigente Plan General de Ordenación Urbana sobre los sectores del centro que careciesen, precisamente, de planes especiales de protección aprobados definitivamente.
Mediante una orden formalizada el pasado 26 de junio por el consejero de Cultura y Deporte, Luciano Alonso, y recogida por Europa Press, la Administración andaluza resuelve delegar en el Ayuntamiento de Sevilla, y más concretamente en su Comisión Local de Patrimonio Histórico, las competencias relativas a la autorización de obras y actuaciones en el ámbito de aplicación del plan especial de protección del subsector 'El Duque-El Salvador'. El Consistorio, de hecho, había reclamado tal extremo después de que el pleno aprobase de forma definitiva este plan especial de protección el pasado 28 de octubre de 2011.
La iniciativa del Ayuntamiento de Sevilla cuenta además con un informe favorable de la Delegación provincial de la Consejería de Cultura emitido el 17 de febrero de 2012. El plan especial en cuestión, según esta resolución de Luciano Alonso, "cuenta con regulación suficiente en orden a delegar las competencias".
Dado el caso, el consejero delega en el Ayuntamiento de Sevilla y su Comisión de Patrimonio Histórico "la competencia para autorizar directamente las obras y actuaciones que se desarrollen o ejecuten" el plan especial de protección del ámbito del subsector 8.1 'Encarnación'.
No obstante, esta delegación de competencias estipula una serie de "salvedades" o excepciones, como es el caso de las obras y actuaciones en los monumentos, jardines históricos, espacios declarados "zona arqueológica" y en el ámbito territorial vinculado a actividades de interés etnológico. También quedan exentas de esta delegación de competencias las demoliciones con efectos en "inmuebles inscritos individualmente en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz" o que formen parte del entorno de bienes declarados de interés cultural (BIC). Las autorizaciones o licencias tramitadas por el Ayuntamiento, en cualquier caso, habrán de ser comunicadas a la Delegación provincial de la Consejería de Cultura.
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