Andalucía

Urbanismo impone una multa coercitiva al pub O'Neill's por colocar elementos sin licencia en la vía pública

Se trata de la cuarta sanción coercitiva que Urbanismo ha impuesto a este local, en este caso por incumplir el acuerdo de la Comisión Ejecutiva de febrero de 2008

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La Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado imponer una multa coercitiva al pub de temática irlandesa O'Neill's, en el edificio Viapol del Distrito Nervión, por la colocación de elementos en la vía pública sin contar con la preceptiva licencia.

   Según la información recabada por Europa Press, se trata de la cuarta sanción coercitiva que Urbanismo ha impuesto a este local, en este caso por incumplir el acuerdo de la Comisión Ejecutiva de febrero de 2008 por el que se ordenó la retirada de estos elementos, que ocupaban la vía pública sin autorización.

   La ocupación indebida de la calle con un exceso de veladores por parte de los negocios hosteleros es uno de los aspectos que pretende regularse en la ordenanza específica al respecto, que se encuentra en pleno proceso de adaptación, con reuniones de la comisión creada 'ex profeso' para ello. 

   En el último encuentro se acordó que se vuelva a introducir el máximo de 25 veladores autorizables por licencia y en función del espacio disponible, si bien la reunión también se ha saldado con desacuerdos en aspectos tales como la autorización de nuevas mesas en los establecimientos incluidos en las Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS) o la metodología para otorgar las licencias.

   Así lo indicó a Europa Press la presidenta de la plataforma cívica 'Por el Derecho al Descanso', Dolores Dávila, respecto a una reunión en la que también se ha consensuado, según el Ayuntamiento, que en cuanto a la renovación de las licencias, si el solicitante esta incurso en algún procedimiento sancionador por alguno de los supuestos infractores graves o muy graves recogidos en la ordenanza donde haya recaído resolución firme a la solicitud habrá de incorporarse informe favorable a la instalación emitido por el distrito municipal donde radique la actividad.

   Otra de las propuestas adoptadas es que a partir del límite horario autorizado quedará prohibido servir consumiciones en los veladores, debiendo quedar recogidos como máximo media hora después. Asimismo, se ha anulado que sea infracción acumular las mesas y sillas en la vía pública antes de la hora de cierre de la actividad.

   Asimismo, los servicios de restauración de los hoteles también podrán instalar terrazas de veladores en suelo de titularidad pública, siempre que dicho establecimiento disponga de un acceso directo desde la vía pública. Por otro lado, se regularán las instalaciones de calefacción por gas, siempre que en la autorización conste la instalación de elementos calefactores cuyo combustible sea gas. Este hecho debe venir expresamente recogido en la póliza de seguros, condición sin la cual no se otorgará la autorización de ocupación, a efectos de asegurar las condiciones de seguridad de las mismas.

   Por otra parte, vecinos y hosteleros han destacado la utilidad de la Junta Municipal de Distrito como instrumento canalizador a la hora de tramitar las licencias o proceder a su renovación, en los casos en los que haya recaído resolución disciplinaria firme.

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