Andalucía

El Pleno aprueba cambios de los textos de ordenanzas fiscales relativos a reserva de espacios de vía publica

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El Pleno ordinario del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado de manera provisional con el apoyo del Grupo Popular, la abstención del PSOE y el rechazo de IU las modificaciones de los textos de dos ordenanzas fiscales reguladoras de tasas, relativas a la reserva de espacios en la vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos o carga y descarga.

Dicha propuesta, presentada por la concejal de Hacienda y Administración Pública, Asunción Fley (PP), comprende afección a sectores como los del taxi --que pagarán este año una tarifa trimestral de entre 130 euros por turno único y 260 euros por turno doble por la reserva de espacios para sus paradas--, lugares donde se estén realizando obras o propietarios de negocios que puedan hacer reserva de suelos.

Tanto la concejal del PSOE Susana López como el portavoz municipal de IU, Antonio Rodrigo Torrijos, han incidido en el dictamen negativo del Consejo Económico y Social de Sevilla (CESS) por la "desproporción" del incremento. En el caso del segundo, éste ha justificado el rechazo de la federación de izquierdas a esta medida en la "quiebra del criterio de progresividad fiscal", criticando que "siguen incumpliendo el compromiso contraído con sus votantes".

López, de su parte, ha recordado que el alcalde, Juan Ignacio Zoido (PP), aludió a una "bajada razonable y moderada" de los tributos que más significan para la actividad económica". "Esto no va a reactivar la economía", ha asegurado, para ironizar señalando que "espero que no se acabe poniendo una tasa por venir a sentarnos al Pleno".

Fley, de su lado, ha recalcado que los taxistas están de acuerdo con la modificación y que, como partidos integrantes del gobierno anterior, PSOE e IU "ya deben estar acostumbrados a los informes negativos del CESS". Asimismo, la responsable municipal de Hacienda y Administración Pública ha negado que haya una subida de tributos con carácter generalizado.

La Ley de Haciendas Locales concreta que el importe de las tasas previstas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local se fijará, con carácter general, tomando como referencia el valor que tendría en el mercado la utilidad derivada de dicha utilización o aprovechamiento, si los bienes afectados no fuesen de dominio público.

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