Según han indicado a Europa Press fuentes de Empleo, la empresa ha justificado la presentación de este expediente suspensivo en causas económicas. Asimismo, han recordado que con la entrada en vigor de la nueva reforma laboral, la autoridad laboral no tiene que autorizar o rechazar el expediente.
De hecho, la empresa sólo tiene obligación de informar a la autoridad laboral y llevar a cabo un periodo de consultas, que en este caso es de 15 días naturales de duración. Transcurrido ese tiempo, la empresa aplica su decisión, con o sin acuerdo de las partes. Ante ello, el trabajador puede recurrir ante la jurisdicción social.
Cabe recordar que la plantilla de Limasa inició este miércoles la cuarta huelga de este curso en los colegios jerezanos para protestar por el impago de las tres últimas nóminas. Su intención era prolongar la huelga hasta el próximo día 23.
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