La sentencia, expedida el 16 de enero de 2012 y a la que ha tenido acceso Europa Press, declara por tanto como "nulo" el cese de los empleados del centro del Grupo Kalise-Menorquina en Sevilla, obligando a la readmisión de la plantilla "con las mismas condiciones que tenían antes del despido", que se produjo concretamente el día 25 de febrero de 2011.
La magistrada instructora del caso, Adelaida Maroto, recuerda a la empresa que la resolución judicial tiene recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Según ha indicado en un comunicado el sindicato provincial de Sevilla de la federación de Industria y Trabajadores Agrarios de UGT(Fitag-UGT), la empresa demandada aludía que los despidos se llevaron a cabo "por causas objetivas", en concreto por "causas organizativas y de producción". No obstante, la sentencia considera hechos probados que los motivos del cese de los trabajadores "son de naturaleza económica", atendiendo a "pérdidas globales de la empresa y de la delegación de Sevilla".
Fuentes del comité de empresa ya expresaron a Europa Press su sospecha de que tras el despido se encontraba "un expediente de regulación de empleo (ERE) encubierto". Igualmente, las mismas fuentes apuntaban que el cese "directo" de estos 16 trabajadores se llevó a cabo a través de sendas cartas repartidas por parte de la dirección de la empresa, "saltándose" todos los procedimientos legales que dispone el Estatuto de los Trabajadores.
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