Los progenitores estaban separados y ese fin de semana al niño le tocaba con su padre. Cuando éste fue a recogerle al domicilio de la madre, el menor se retrasó "unos 15 o 20 minutos", lo que motivó el enfado del padre, que al llegar al garaje de su domicilio en Revilla de Camargo, le reprendió por haberle hecho esperar, adoptando una actitud violenta.
Tanto que llegó a golpearle en diversas partes del cuerpo, provocando la caída del niño al suelo, donde le dio varias patadas, tal y como señala el Juzgado de lo Penal número 3 de Santander en su sentencia de julio de 2010, que condenó al padre a ocho meses de cárcel y a no acercarse ni comunicarse con el menor en un año y ocho meses, fallo que ha sido confirmado por la Audiencia Provincial.
Como consecuencia de los golpes que le propinó su progenitor, el menor sufrió hematomas en hombro, brazo, antebrazo, nalga y región tibial izquierdos, que tardó en curar 15 días.
La Audiencia ha desestimado el recurso de apelación presentado por el padre, en el que éste aseguraba que se limitó a reprender a su hijo con dos azotes y que no le dio patadas. Sin embargo, la Audiencia señala que los hematomas que presentaba el menor cuando fue atendido en urgencias revelan, por si solos, que el padre se excedió.
"Le agarró con fuerza cogiéndole del brazo izquierdo y le propinó dos golpes intensos a nivel de nalga izquierda y región interglútea, lo que por sí solo es suficiente para confirmar la condena, ya que maltrató físicamente a su hijo pegándole", reza la sentencia.
Por su parte, el hematoma a la altura de la tibia, que no consta en el informe de urgencias pero sí en el realizado días después por el pediatra, corrobora el testimonio del menor y revela que el acusado también le propinó patadas cuando cayó al suelo. La sentencia señala al respecto que no es "extraño ni sospechoso" que no todos los hematomas hubiesen florecido cuando fue asistido en urgencias, pues es habitual que aparezcan días después.
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