Asimismo Andrés Núñez ha añadido que, en el Consejo de la Gerencia del mes de octubre, se informó a los asistentes que había documentación gráfica realizada al respecto, “sin que nadie la haya solicitado hasta la fecha”. Todo ello, además, teniendo en cuenta que la solicitud inicial también fue a sesión plenaria en el mes de agosto, por lo que, según ha manifestado el responsable de Urbanismo, "hablar de oscurantismo no es posible en este asunto, cuando se ha dado cuenta del procedimiento y se estado hasta en tres ocasiones, la última hace escasos días".
También ha adelantado que el documento, redactado en colaboración con la Consejería de Obras Públicas, está a la espera de la última revisión por parte del ente autonómico, al objeto de proceder a su oportuna exposición pública, periodo durante el cual cualquier ciudadano interesado podrá realizar las oportunas consideraciones y alegaciones.
"Ante una circunstancia tan excepcional como la anulación del Plan General de Ordenación Urbana, desde la Gerencia de Urbanismo y la Junta de Andalucía estamos actuando de un modo absolutamente profesional y con pulcro rigor, tal y como un asunto tan importante requiere ", ha explicado.
En este sentido, el edil popular ha aseverado que "no se hace responsable de los posibles efectos negativos para la ciudad y los chiclaneros que puedan surgir de una información no oficial, incorrecta o no definitiva". Por lo que ha realizado un llamamiento al resto de las fuerzas políticas en el sentido de que “Chiclana urbanísticamente necesita de seguridad jurídica y rigor, por lo que solicitamos a todas las partidos que se unan en este cometido y eviten, en la medida de lo posible, anuncios e informaciones que puedan conducir a interpretaciones erróneas".
La Normativa Sustantiva Transitoria de Ordenación Urbanística Local, que puede tener un vigor de hasta dos años, responde a una solución encontrada por el Ayuntamiento de Chiclana y la Junta de Andalucía, que tiene como finalidad que el municipio no quede paralizado urbanísiticamente tras la sentencia del Tribunal Supremo que anulaba definitivamente el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y que obligaba a la ciudad a regirse por las Normas Subsidiarias del año 1987.
Esta vía se basa en el artículo 35.2 de la Ley de Ordenación Urbana de Andalucía (LOUA), que establece "Cuando resulte necesario para salvaguardar la eficacia de las competencias autonómicas, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, previa audiencia al municipio o municipios afectados y dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía, podrá suspender motivadamente, en todo o parte de su contenido y ámbito territorial y para su innovación, cualquier instrumento de planeamiento por un plazo de hasta dos años. En el plazo de seis meses desde el acuerdo de suspensión se establecerán las normas sustantivas de ordenación aplicables transitoriamente en sustitución de las suspendidas, y se concretará, en su caso, el ámbito y los efectos de dicha suspensión".
Después de que el Ayuntamiento de Chiclana aprobara en sesión plenaria, con el apoyo de Izquierda Unida dicha solicitud, y elevara a la Junta de Andalucía el correspondiente certificado, por el que se solicitaba la aplicación de esta medida, los técnicos de ambas administraciones han mantenido encuentros periódicos en los últimos meses, por lo que este documento “será fruto del consenso de ambas administraciones”.
Tras la aprobación de la Orden respecto a esta norma, por parte de la consejera de Obras Públicas, Josefina Cruz, la Dirección General de Urbanismo deberá emitir un informe favorable de estas normas transitorias, para posteriormente someterlas a información pública durante un mes, periodo en el que se dará audiencia al municipio. na vez completada esta fase, la Consejería de Obras Públicas y Vivienda elevará el documento al dictamen del Consejo Consultivo para recibir finalmente el visto bueno del Consejo de Gobierno.
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