Los magistrados de la Sala estudiarán el recurso presentado por la Junta andaluza contra esta decisión por la que se anuló el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 31 de julio de 2009, que eludió expedientar Chaves, e instó al gobierno autonómico a abrirle un expediente sancionador.
El TSJA consideraba que no habían quedado debidamente justificadas las actuaciones previas que previene la norma porque “en lugar de determinar con la mayor precisión posible los hechos denunciados, sin actividad investigación alguna, se han limitado a elaborar unos informes jurídicos interpretativos sobre el precepto que se denunciaba infringido, el apoderamiento en relación con la actuación ante la Administración o el artículo 18 de la Ley de Procedimiento.
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