Andalucía

La Policía tendrá que incorporar a un agente rechazado por tener pies planos

El Cuerpo Nacional de Policía tendrá que incorporar a un agente de Córdoba que no fue admitido en la promoción de 2007.

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El Cuerpo Nacional de Policía tendrá que incorporar a un agente de Córdoba que no fue admitido en la promoción de 2007 después de que el tribunal médico le diagnosticara pies planos, según una sentencia del Tribunal Supremo.

En la resolución, facilitada a Efe por el abogado Fernando Osuna, se expone que dicho tribunal médico le diagnosticó pies planos bilaterales con un grado IV en el izquierdo y grado III en el derecho, lo que suponía una patología o anomalía que limita el normal desempeño de la función policial.

El aspirante a policía interpuso un recurso de alzada contra el acuerdo del tribunal calificador y comenzó un contencioso-administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, cuya sentencia no le dio la razón.

Tras recurrirla ante el Supremo, el alto tribunal ha dictado sentencia teniendo en cuenta la ratificación de un informe clínico podológico al que se sometió el recurrente y en el que se aseguraba que el aspirante a agente no tiene pies planos en el grado que le diagnosticó el tribunal médico aunque sí presenta pie plano de grado I en el izquierdo, lo que no le provoca "limitación física alguna".

Además, el Tribunal Supremo le reprocha al TSJM que en su sentencia diera "por bueno e inatacable" el argumento que dio el tribunal médico con "un escueto juicio técnico que califica como causa de exclusión una patología que, por si sola y sin añadir su concreta repercusión funcional, no está expresamente contemplada" en la Orden que establece el cuadro de exclusiones médicas para el ingreso en la Policía Nacional.

Según el Supremo, resulta "imprescindible" una "explicación coherente" para excluir del proceso selectivo al recurrente y, ante la "falta del tal justificación", la actuación administrativa se hace "manifiestamente irrazonable e inhábil para negar que el recurrente posea la aptitud física exigida".

Ante ello, el fallo le da la razón al aspirante que deberá ser nombrado policía, en el puesto del escalafón que le hubiera correspondido en la promoción de 2007, con la misma antigüedad y efectos administrativos que sus compañeros y debiendo recibir el sueldo que ha dejado de ingresar durante estos años.

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