Andalucía

Absueltos los 3 juzgados por resistirse a la Policía en desalojo en Granada

El Juzgado de Instrucción 2 de Granada ha absuelto de la falta contra el orden público que se imputaba a los tres detenidos.

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 El Juzgado de Instrucción 2 de Granada ha absuelto de la falta contra el orden público que se imputaba a los tres detenidos durante el desalojo llevado a cabo el 18 de mayo en la plaza del Carmen de Granada, donde se habían concentrado unos 200 simpatizantes del Movimiento 15-M.

El tribunal, según la sentencia a la que hoy ha tenido acceso Efe, considera acreditado que, aunque los denunciados llevaron a cabo "una resistencia pasiva" para evitar ser desalojados, "en ningún momento" tuvieron una conducta "agresiva y hostil" hacia la Policía.

La juez entiende por esta resistencia pasiva el hecho de quedarse sentados en el suelo y tener que ser retirados por la Policía Nacional.

Como ya expuso en su informe la Fiscalía, con la que coincide la juez en su fallo, la conducta tipificada en el Código Penal respecto a la falta "en ningún momento" concurre en los hechos enjuiciados.

Al respecto añade que, de las imágenes del desalojo exhibidas durante el juicio lo único que se observa es la resistencia pasiva aludida, "no encajando dicha conducta en el tipo penal imputado", precisa la resolución judicial, contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia.

Durante el juicio, celebrado el pasado 8 de junio, la Fiscalía optó por no formular acusación contra los tres detenidos al considerar, tras el visionado del vídeo sobre los hechos, que hubo resistencia a la autoridad pero no un tipo de resistencia que pueda encardinarse en algún tipo penal.

La postura de la Fiscalía fue compartida por la defensa, que también pidió la absolución de los acusados, tres varones de 22, 23 y 35 años que manifestaron ante la juez que fueron agredidos por los agentes pese a que solo ofrecieron "resistencia pasiva".

Los hechos tuvieron lugar el pasado 18 de mayo, cuando sobre las 5 de la madrugada los denunciados se encontraban concentrados en la plaza del Carmen junto con otro numeroso grupo de personas del colectivo denominado "Democracia Real".

En un determinado momento, recoge la sentencia, la Policía, tras "invitar" a los allí presentes a disolver la concentración, decidió "sin haber recibido la preceptiva orden de sus superiores" el desalojo de la plaza.

Los denunciados se encontraban sentados en el suelo y se opusieron a dicho desalojo de forma pasiva, sin que en ningún momento por parte de los denunciados se llevaran a cabo conductas hostiles y agresivas hacia los policías intervinientes.

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