La sentencia del TC, hecha pública hoy tras conocerse ayer el fallo, une a este argumento la "inadecuación formal" del Estatuto andaluz para concretar el criterio territorial de delimitación de las competencias reservadas al Estado por la Constitución.
El Ejecutivo extremeño, que recurrió en 2007 varios artículos de la norma autonómica relacionados con el Guadalquivir, sostenía que "la idea perseguida desde un principio" por el Gobierno andaluz era "hacerse con el control de toda la cuenca hidrográfica".
Según la Junta extremeña, para ello el Ejecutivo andaluz se servía de argumentos al margen del ordenamiento e incurría en la infracción del artículo 149 de la Constitución, que atribuye al Estado competencias exclusivas en el aprovechamiento hidráulico.
El aspecto "supracomunitario" está también recogido en la demanda presentada por la Junta extremeña y en ella se recuerda que la cuenca hidrográfica del Guadalquivir comprende también 18 términos municipales de la provincia de Badajoz.
Concretamente, Extremadura había recurrido los artículos 43, 50.1 a), 50.2 y 51.
Este último -el único anulado- establecía que Andalucía ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra comunidad autónoma.
El artículo 43 hace referencia al alcance territorial; el artículo 50.1 a) señala que las competencias referidas se proyectan sólo sobre las aguas del territorio andaluz mientras que el 50.2 atribuye a Andalucía facultades de policía del dominio público hidráulico.
Según el TC, al atribuirse Andalucía competencias exclusivas sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir y ser ésta una cuenca hidrográfica intercomunitaria "se separa del criterio empleado" por la Ley de Aguas en cuanto a la concreción del criterio territorial empleado en la Constitución.
Insiste el TC en que en esta cuestión la función integradora del Estado "padecería de manera irremisible" si los estatutos fueran constitucionalmente capaces de imponer un criterio de delimitación competencial.
El alto tribunal estima que el artículo 51 no supera "el canon de constitucionalidad expuesto" y vulnera la Constitución por razón "de inadecuación formal" para realizar "una concreción del criterio territorial de delimitación de las competencias" que la Carta Magna reserva al Estado.
En sus fundamentos defiende que debe haber un sólo y único legislador, "que será siempre el legislador estatal de aguas", ya que únicamente desde la posición "supracomunitaria privativa de ese legislador puede proveerse un criterio capaz de ordenar en Derecho la disciplina normativa".
Por ello, rechaza las alegaciones andaluzas relativas al carácter singular de la cuenca y a la posibilidad de que otras comunidades establezcan en sus estatutos las particularidades que mejor satisfagan sus respectivos intereses.
El Parlamento andaluz entiende que el Guadalquivir es "un río andaluz, referente territorial, económico, político y humano" del territorio y, a su juicio, esa "perspectiva política" no puede descalificarse y ha de estar presente en el texto estatutario.
Fórmula de cooperación
Por su parte, el presidente andaluz, José Antonio Griñán, aseguró ayer en el Parlamento que es posible obtener una fórmula, partiendo de los artículos no anulados, que consagre el Guadalquivir como “río andaluz” y anunció que buscará la cooperación de las comunidades afectadas para la gestión de los recursos.
Tras rechazar que “se le haya cortado un brazo” al Estatuto como apuntaba el líder de IU, Diego Valderas -quien le recordaba a Griñán que la decisión fue de los socialistas extremeños-, el presidente andaluz reconoció que la sentencia es una “mala noticia”, sobre todo porque el articulo en cuestión estaba “perfectamente medido y no prescindía de la Constitución”.
Griñán se comprometió a no tomar ninguna decisión que no conozcan los grupos del PP e IU, firmantes del Estatuto, para respetar el “consenso” y apuntó que comenzará a abordar cómo hacer que el Guadalquivir sea un “río andaluz” en la reunión del lunes con el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero.
Zarrías afirma que hay que replantearse el artículo y que ya se buscan fórmulas
El secretario de Estado Gaspar Zarrías ha informado de que habrá que “replantearse” el apartado del Estatuto de autonomía andaluz sobre el Guadalquivir, anulado por el Constitucional y, por ello, “se está trabajando en fórmulas” que permitan dar un “peso importante” a Andalucía en la gestión del río.
En una entrevista en RNE, recogida por Efe, Zarrías se ha referido así a la anulación del artículo 51 del Estatuto, apuntando que el presidente de la Junta, José Antonio Griñán, ya ha tomado la iniciativa de reunirse con el jefe del Ejecutivo y, además, en los próximos días se convocará la Comisión bilateral de Cooperación Andalucía-Estado para poner en marcha los mecanismos que la ley otorga para, cumpliendo la sentencia, dar peso a Andalucía en la gestión hídrica.
Zarrías ha asegurado que, evidentemente, se acatará la sentencia, pese a que tenía la “convicción”, ha puntualizado, de que el apartado 51 era “plenamente constitucional”.
Ha comentado que nadie puede negar que el Guadalquivir es “la columna vertebral” de Andalucía y lo que identifica la Comunidad, por la que discurre el 90 por ciento de su cuenca.
Por su parte, el vicepresidente del Gobierno, Manuel Chaves, ha manifestado que la Junta de Andalucía “acatará” la sentencia aunque ha afirmado que “no perderá protagonismo en las decisiones que se refieran a la gestión del Guadalquivir”.
“A partir de ahora lo que vamos a hacer conjuntamente la Junta de Andalucía y el Gobierno, a través del Ministerio de Política Territorial, es estudiar la sentencia, ver qué posibilidades existen y ver qué caminos pueden abrirse”, ha dicho el vicepresidente.
Chaves se ha mostrado a optimista porque “a raíz del fallo hay un artículo, el 50, que ha sido declarado constitucional. Yo creo que a partir de este artículo se pueden sentar las bases para que la Junta de Andalucía siga teniendo una protagonismo especial en las decisiones que se puedan adoptar en relación al Guadalquivir”.
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