El Juzgado de Instrucción número 1 de Jaén ha decretado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa abierta contra el portavoz socialista en la capital, Julio Millán, así como contra la edil y diputada del PSOE, África Colomo. Los mismos fueron llamados por el juzgado, en calidad de investigados, para ver su involucración en una presunta denuncia falsa.
Un asunto que tuvo su origen en la jornada previa a las elecciones municipales del 28 de mayo de 2023. En esa jornada de reflexión, el PSOE denunció una compra de votos por parte de concejales del PP, siendo archivada la misma tras comprobar que los pantallazos, en los que se vinculaba a Antonio Losa y Manuel Palomares con esa supuesta compra de votos, habían sido manipulados.
Tal y como ha adelantado Europa Press, el responsable del Juzgado de Instrucción número 1 de Jaén ha dictado un auto, en el que señala que, con las declaraciones como investigados de Millán y Colomo, se pretendía averiguar si ambos "tuvieron o pudieron tener conocimiento de la falsedad de los pantallazos en base a los cuales interpusieron la denuncia origen de las presentes actuaciones".
En este caso, el juez estima que "no ha quedado acreditado ni tan siquiera de manera indiciaria, o con temerario desprecio a la verdad que Millán y Colomo presentaran la denuncia sabiendo que los hechos que se ponían en conocimiento de la Policía Nacional eran falsos".
Por otro lado, el juez expone que "en apenas una hora, en la jornada previa a las elecciones, con lo importante que para la libre elección de representantes municipales puede ser una compra de votos, decidieron acudir a la autoridad competente para poner en conocimiento de la misma unos hechos que, de haber resultado ciertos, habrían constituido un grave ataque al proceso electoral".
Por tanto, según el responsable del Juzgado, "puede reprocharse a quienes interpusieron la denuncia, cierta falta de perspicacia o de diligencia por no realizar comprobaciones previas", pero en el contexto en el que se produjeron los hechos, "no se aprecia por quien esto suscribe el temerario desprecio hacia la verdad (ni mucho menos, el conocimiento de la falsedad de lo denunciado)".
Además, el juez rechaza, tal y como han pedido la representación de Losa y Palomares, el que se cite a declarar al concejal del PSOE, José Manuel Higueras, y a otra persona más ya que "no aporta nada relevante ni que pueda hacer cambiar el sentido de la presente resolución".
Por otro lado, tras la declaración de Millán y Colomo, el juez establece que "la instrucción está completa y por ello no cabe acceder a la práctica de las nuevas diligencias", que habían sido solicitadas por los denunciantes Antonio Losa y Manuel Palomares.
Investigación
En esta causa se investigaba a otras dos personas, presuntamente involucradas en esa falsificación de los pantallazos. A las mismas, el juez les atribuye un delito de calumnias al atribuirles la autoría de la manipulación de los pantallazos.
El auto señala que estas dos personas "simularon una conversación que atribuía a Manuel Palomares Herrera y a Antonio Losa Valdivieso su participación" en un delito de compra de votos que se castiga con la pena de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses.
Seguidamente, "hicieron capturas de pantalla de estas conversaciones que atribuían a los indicados Manuel Palomares Herrera y Antonio Losa Valdivieso participación en un acto delictivo y las remitieron, al menos, a Julio Millán Muñoz, candidato a la alcaldía de Jaén". Fue Millán, el que, tras consultar con otros miembros de su formación política, tomó la decisión de interponer denuncia por la aparente comisión de un delito.
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