Andalucía

El Parlamento convalida los cambios sobre incompatibilidades a la espera de una nueva ley

El decreto sale exigirá que los altos cargos tengan que pedir una autorización para ejercer en la privada, en su mismo sector, hasta dos años después de su cese

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  • José Antonio Nieto. -

El Parlamento ha convalidado este miércoles con los votos de PP y Vox el decreto que modifica, a la espera de una nueva ley, las incompatibilidades para exigir que los altos cargos tengan que pedir una autorización para ejercer en la privada, en su mismo sector, hasta dos años después de su cese.

El decreto, que ha tenido el rechazo del PSOE, Por Andalucía y Adelante, no se tramitará como proyecto de ley, algo que se ha rechazado con los votos de PP y Vox.

Para la futura ley hay dos caminos, que el PP presente una proposición de ley tras el verano, lo más probable por lo que ha expuesto el Gobierno andaluz para alcanzar el "consenso" de todos los grupos, o que el propio Ejecutivo redacte un anteproyecto de ley, lo que alargaría considerablemente los plazos.

Según el decreto convalidado, los altos cargos cesados que pretendan realizar una actividad privada en el mismo sector en el que hayan desarrollado sus funciones en los dos años posteriores a su cese deberán comunicarlo previamente a la Consejería competente en materia de administración pública y a obtener una autorización. Si no lo hacen, automáticamente incurrirían en la incompatibilidad.

La Inspección General de Servicios será el organismo que instruya el procedimiento. El ejercicio en la hipotética empresa privada sin autorización constituirá una "infracción muy grave" y tendrá sanción, según el decreto-ley, que modifica dos leyes anteriores.

El consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, José Antonio Nieto, ha explicado que, a raíz del caso de intento de fichaje del exnúmero dos de Salud por Asisa, comprobaron que la norma que regula el asunto no establecía un procedimiento, "ni qué se tiene que solicitar, ni cómo ni a quién".

Ha detallado que en veinte años de funcionamiento, sólo cuatro personas habían pedido esa autorización, lo que les llevó a una conclusión: Era necesario "un cortafuegos" que impidiera situaciones similares en el menor tiempo posible, para lo que optaron por el decreto.

La oposición cree que "les han pillado"

El socialista Víctor Manuel Torres ha señalado que estas modificaciones no dan solución a los problemas y ha propuesto a la Junta que retire el decreto, para hacer esos cambios a través de un reglamento, y empiecen a trabajar en una ley desde el Parlamento.

Ha advertido de que si el PP no ha impulsado esa ley en septiembre, serán los socialistas los que registren en la Cámara una propuesta.

Desde Por Andalucía, el diputado José Manuel Gómez ha señalado que el decreto "no modifica absolutamente nada" y que se hace porque "les han pillado con las manos en la masa" con el caso del exviceconsejero.

Ha calificado de "paripé" las modificaciones para "enmascarar" que no hubo solicitud de incompatibilidad y que tampoco hubo resolución.

El portavoz de Adelante, José Ignacio García, también ha opinado que "les han pillado con el carrito del helado" y que este decreto significa "legalizar las puertas giratorias pero poniéndole un telefonillo, para que antes haya que llamar", lo que ha ligado con la corrupción.

El parlamentario de Vox Ricardo López ha aludido al "vacío" sobre incompatibilidades que existía en la Andalucía "del cortijo socialista" y ha explicado que van a darle "un voto de confianza" al Gobierno a la espera del texto de la propuesta de ley tras el verano.

Supuestos de incompatibilidad

El decreto ley aprobado prevé que, durante los dos años siguientes a su cese, los altos cargos no podrán realizar actividades ni prestar servicios en entidades privadas (incluidas las que pertenezcan al mismo grupo societario) relacionadas con expedientes sobre los cuales hubiesen dictado resolución en el ejercicio del cargo.

Además, durante los dos años tras el cese tampoco podrán firmar, ni por sí mismas ni a través de entidades participadas por ellas directa o indirectamente en más del 10 %, contratos administrativos o privados de cualquier naturaleza con la Junta de Andalucía y sus entidades dependientes, en las que hubieran prestado servicios, siempre que guarden relación directa con las funciones ejercidas.

La relación directa se entenderá cuando el alto cargo, su superior jerárquico a propuesta suya o sus subordinados, suscriban un informe preceptivo, una resolución administrativa o un acto equivalente en relación con la empresa o entidad. También cuando vote a favor de decisiones relacionadas con la empresa o entidad de la que se trate.

Sin embargo, se entenderá que no hay relación directa cuando la decisión adoptada como alto cargo no estuviera referida a una empresa o entidad en particular, sino a un colectivo de estas con carácter general y no formando parte de un procedimiento de carácter competitivo entre los distintos sujetos concurrentes.

Tampoco habrá relación directa cuando la decisión fuera dictada en un procedimiento de concurrencia competitiva a propuesta de un órgano técnico colegiado, siempre que la composición del citado órgano no haya sido decidida ni propuesta por el cargo público.

Otro supuesto que no será incompatible es haber realizado una actuación reglada basando la decisión en informes técnicos del personal al servicio de la Junta u órganos establecidos al efecto por la legislación que hayan propuesto motivadamente una única solución para adjudicar un contrato, otorgar subvenciones u otras actuaciones. 

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