La sentencia condena a Rafael H. G, cuyo vehículo carecía además de seguro obligatorio, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico en concurso con tres delitos de homicidio imprudente. El fallo, contra el que cabe recurso de apelación ante la Audiencia, le priva asimismo del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante tres años y seis meses.
La resolución declara probado que en la noche del 3 de julio de 2008, sobre las 23:45 horas, el procesado circulaba por la carretera autonómica A-4004, que une Puerto Lobo y Huétor Santillán, acompañado de tres jóvenes.
Todos ellos se dirigían a la localidad de Beas de Granada por la referida vía, cuya velocidad máxima estaba limitada por señal vertical visible a 40 kilómetros por hora, dadas las condiciones de su trazado y visibilidad reducida.
El condenado, “faltando a las más elementales normas de prudencia” no sólo por las características de la carretera sino por su condición de conductor novel, conducía a una velocidad que alcanzaba al menos 123 kilómetros por hora, velocidad “desmedida” que le hizo perder el control en una de las curvas del trazado.
El coche se salió de la vía y colisionó contra un camión de recogida de residuos que se encontraba estacionado debidamente. Como consecuencia del accidente, resultaron fallecidos todos los ocupantes del vehículo menos el procesado, que también sufrió heridas de gravedad.
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