El Ayuntamiento de Jerez ha abierto el plazo para solicitar la participación en el paseo de caballistas de la Feria del Caballo 2024, que concluirá el próximo lunes, día 25 de marzo, inclusive. Tal y como establece la ordenanza municipal que regula la materia, las personas interesadas pueden acceder al formulario de inscripción alojado en la web municipal, en el enlace:
https://www.jerez.es/especiales/feria-del-caballo/evento-simple-de-feria/paseo-de-caballistas
Asimismo, los propietarios de caballos de monta deberán presentar una declaración responsable para garantizar las condiciones de bienestar y protección animal propias de este tipo de concentraciones. Ambos formularios se acompañan de las normas de participación en el paseo de caballistas.
En cuanto a la presentación de la documentación, las personas interesadas podrán entregarla presencialmente en el Departamento de Fiestas Mayores y Eventos, en calle Cádiz, 1 3ª planta (Conjunto Residencial Divina Pastora). También, por correo electrónico a la siguiente dirección: fiestasmayores@aytojerez.es; y en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Detalles sobre la regulación de la actividad
Cabe recordar que la Ordenanza Municipal Reguladora de la Feria del Caballo establece en su artículo 4 que para poder circular por el Real de la Feria, en el horario establecido en estas ordenanzas, los titulares de enganches tanto particulares como los que vayan a realizar una actividad mercantil dentro del recinto ferial con dicho enganche deberán presentar solicitud de autorización según modelo que se le facilitará al efecto en la Delegación de Fiestas o bajándola de la web municipal.
De otro lado, dado el paseo de caballistas de la Feria del Caballo de Jerez constituye una concentración de animales que precisa comunicación a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y como tal exige el cumplimiento de una serie de requisitos, entre los que se encuentra el que sólo se admitirá la entrada y salida de animales debidamente identificados y documentados. Por todo ello se exige solicitud de autorización en el caso de los carruajes e inscripción en el de caballos de monta.
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