La Guardia Civil investiga al conductor de un turismo que fue captado en un control de velocidad en el término municipal de Conil de la Frontera, de la autovía A-48, circulando a 235 km/h encontrándose la vía limitada a 120 km/h.
La Unidad de Investigación de Seguridad Vial, de la Guardia Civil del Subsector de Tráfico de Cádiz, ha llevado a cabo la investigación del conductor del vehículo por un supuesto delito contra la Seguridad Vial por exceso de velocidad, recogido en el artículo 379 del Código Penal, castigado con la pena de prisión de tres a seis meses, o con la multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajo en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y en cualquier caso, con la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a un año hasta cuatro años.
La velocidad excesiva o inadecuada es, junto con las distracciones y el alcohol, una de las principales causas de accidentes de tráfico, debido a que potencia todos los fallos humanos en la conducción. El factor de riesgo velocidad excesiva o inadecuada se relaciona directamente con 1 de cada 5 accidentes con víctimas. Cuando existe velocidad excesiva, la proporción de accidentes mortales es un 60% superior a cuando no lo hay.
Los daños físicos y materiales que se sufren en caso de accidente están muy relacionados con la cantidad de energía cinética que se adquiere por la velocidad de circulación. Por ejemplo, si se colisiona contra un objeto rígido, el impacto puede compararse a saltar con el vehículo desde un determinado edificio.
• Una colisión a 50 km/h equivale a caer desde un tercer piso.
• Una colisión a 120 km/h equivale a caer desde el piso 14.
• Una colisión a 180 km/h equivale a caer desde el piso 36.
Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es