El juzgado de lo Contencioso Administrativo 3 de Granada ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a reconocer los derechos laborales y retributivos de una enfermera a la que ofertó un contrato virtual durante su permiso maternal.
La sentencia, de la que ha informado el Sindicato de Enfermería SATSE, que representó a la sanitaria, reconoce su derecho a aparecer como personal estatutario temporal en los dos meses de permiso maternal en el que tuvo un contrato virtual.
El SATSE ha detallado en un comunicado que la enfermera recibió durante su baja por maternidad un contrato virtual que se extendió del 1 de mayo al 29 de julio de 2022 y que le supuso una pérdida de derechos en cuanto a días cotizados y computo de antigüedad.
Los contratos virtuales solo tienen efectos de puntuación como experiencia profesional, por lo que no computan para el cobro de trienios, la carrera profesional o la suma de servicios prestados.
Según el sindicato, el contrato de esta enfermera de baja maternal debió haberse formalizado para activar todos sus efectos jurídicos para la cotización de la seguridad social, antigüedad, experiencia profesional, trienios y carrera profesional.
La sentencia ha estimado el recurso del sindicato y ha obligado al SAS a formalizar su nombramiento como personal estatutario temporal desde el 1 de mayo al 29 de julio de 2022.
Esta consideración tendrá todos los efectos en tiempo trabajado para la bolsa de contratación y la experiencia profesional y se incluirá en el programa Gerhonte como tiempo efectivo, cotizaciones, trienios, carrera profesional y prestaciones.
El fallo condena además al SAS a abonar 1.124 euros por la merma retributiva que sufrió la sanitaria con el contrato virtual.
El SATSE ha lamentado que los enfermeros se vean obligados a acudir a los tribunales para el reconocimiento de sus derechos ante la vulneración sistemática por parte de la administración, que además genera gastos públicos al ser condenada en las costas.
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