Andalucía

Corinna califica de "absurdo" el fallo sobre los comentarios del periodista Alfonso Ussía

Sentencian que "insuperable golfa" o "zorrón desorejado" son comentarios "injuriosos" y "vejatorios", pero no constituyen un delito de injurias graves

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  • Corinna y Juan Carlos I, en una foto de archivo. -

Corinna Zu Sayn-Wittgenstein-Sayn, examante del rey emérito Juan Carlos I de España, consideró este lunes "absurdo" el dictamen de un juzgado de Madrid, que descartó que constituyan un delito de injurias unos comentarios sobre ella en un artículo del periodista Alfonso Ussía publicado en el diario El Debate.

De acuerdo con la sentencia del Juzgado de lo Penal número 11 de Madrid, "improperios" como "insuperable golfa" o "zorrón desorejado" con los que Ussía aludió a ella son "injuriosos" y "vejatorios", pero no constituyen un delito de injurias graves.

En un comunicado remitido hoy a EFE, Corinna dijo que ese tipo de lenguaje "no tiene cabida en el siglo XXI y no debe tolerarse".

"Es degradante, violento y ofensivo. Esto no cumple con ningún estándar periodístico básico y debería remitirse a la Edad Media y la época de Franco. Estoy orgullosa de haber desafiado el uso de ese lenguaje, no sólo para mí, sino para otras mujeres en España", agregó.

"El efecto de publicar declaraciones como estas es de gran alcance. El daño que la violencia hacia las mujeres, de cualquier tipo, puede causar a nuestra sociedad ha sido reconocido recientemente y condenado por el papa Francisco, quien se refirió a ella como 'un insulto a Dios'", puntualiza la nota.

"El Debate debería defender estos valores cristianos en sus reportajes", concluye el comunicado.

De acuerdo con el dictamen de la jueza que ha absuelto al periodista, los términos utilizados pueden ser expresiones "de mal gusto, inapropiadas, innecesarias, pero no se atisba que se pueda inferir una injuria propiamente en el ámbito penal".

La empresaria Corinna Zu Sayn-Wittgenstein-Sayn, conocida por su apellido de soltera, Larsen, se querelló contra Ussía por injurias graves por unos términos que incluyó en el artículo titulado La Profesional, publicado en El Debate el 9 de diciembre de 2021.

El dictamen subrayó que el texto contiene "comentarios peyorativos e incluso términos injuriosos", que exceden el derecho de informar, y deja claro que no se trata de un artículo de opinión satírico, sino que en el periodista existía "la intención de injuriar, de ofender, de desacreditar" a Larsen, de "atacar" su "honorabilidad y dignidad" con "expresiones vejatorias e injuriosas innecesarias".

Sin embargo, pese a que dichas expresiones puedan ofender a la empresaria, la jueza consideró que no son suficientes para ser castigadas con el Código Penal.

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