Según han informado este martes en un comunicado los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente en Córdoba, la sentencia de la Audiencia viene así a refrendar los argumentos de la afectada, toda vez que abunda en el estudio del consentimiento informado, ya que el fallo considera que en estos supuestos se exige que sea el médico quien pruebe que proporcionó a la paciente información sobre todas aquellas circunstancias relacionadas con la intervención mientras se halla bajo su cuidado.
En este sentido, El Defensor del Paciente relata que en dicha asistencia se produjo una "falta de acreditación de que se ha dado tal información", lo que constituye una "infracción" de la 'lex artis ad hoc'.
En concreto, los servicios jurídicos del Defensor entienden que en este caso se ha producido "la inobservancia del consentimiento informado exigible antes de iniciar el proceso operatorio", lo que "no suple el impreso aportado por el oftalmólogo condenado".
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