El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cinco años y medio de prisión al imán de una mezquita de Getafe (Madrid) y también profesor de la madrasa (escuela) por incitar a realizar actos de extrema violencia y de carácter terrorista, así como por autocapacitarse para llevarlos a cabo.
La Sala de lo Penal del alto tribunal ha dictado una sentencia que rechaza el recurso que presentó el acusado, Bilal Jfita, contra la resolución de la Audiencia Nacional, que le condenó por delitos de autoadoctrinamiento y enaltecimiento del terrorismo.
La resolución relata que la investigación surgió a raíz de los contactos personales y por internet que había mantenido con Noussa El Morabit, detenido en Barcelona por orden internacional de Marruecos y quien habría combatido en las filas de las organizaciones terroristas Al Nusra y Dáesh.
Tras ello se registró su vivienda y una vez analizado el material, la investigación puso de manifiesto que el acusado participaba activamente en hasta 41 grupos de temática yihadista en Telegram y WhatsApp y que tenía numeroso material de contenido violento.
En uno de los terminales acumulaba 150 vídeos con imágenes de muertes, ejecuciones y asesinatos mediante métodos violentos que intercambia con terceros, para lo cual adoptaba diversas medidas de seguridad.
Dice el Supremo que el acusado "accedió y recopiló material terrorista, expresando su decidida voluntad de su implicación en esa difusión con pleno conocimiento de su conducta a partir de los contactos con personas pertenecientes al Daesh que habían sido condenados por delitos terroristas, utilizando programas y métodos de seguridad para favorecer el anonimato y proporcionar seguridad a sus contactos".
Lo hizo, continúa, "utilizando redes de wifi para evitar ser localizados y sistemas de comunicación con autoborrado de aplicaciones y mensajes", por lo que la sentencia es "clara y precisa" para condenarle por autoadoctrinamiento y enaltecimiento del terrorismo.
En el juicio el acusado negó que tuviera relación con Dáesh o con retornados de Siria, o que se alegrara de sus atentados en las redes, y justificó sus visitas a páginas de contenido islámico en la elaboración del sermón de los viernes.
Sin embargo, el tribunal que lo juzgó argumentó que la veracidad de esas alegaciones autoexculpatorias "es contradicha por la abundante prueba testifical y pericial practicada en el juicio".
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