El Partido Popular y Vox defienden que la ley de amnistía debería haber decaído tras ser rechazada por la mayoría del pleno del Congreso y no volver a la Comisión de Justicia, por lo que reclaman que la Cámara Baja reconsidere su decisión y deje de tramitar la proposición de ley.
El Partido Popular registró ayer un escrito dirigido a la Mesa del Congreso en el que denuncia que la presidenta de la Cámara, Francina Armengol, tomó una decisión "unilateral, arbitraria y contraria a derecho" y pide a este órgano reconsiderarla y que declare "decaída" la proposición de ley.
El escrito del PP, firmado por el portavoz parlamentario, Miguel Tellado, y al que ha tenido acceso EFE, pide que la Mesa "impida cualquier actuación o trámite parlamentario (...) tendente a reactivar o continuar" el procedimiento legislativo de la amnistía, por las "consecuencias irreparables y de extraordinaria trascendencia constitucional" que provocaría.
Al escrito del PP se ha sumado el presentado este viernes por Vox. En el texto, al que ha tenido acceso Efe, se reclama la nulidad de la decisión de Armengol y que por tanto se declare que la proposición fue rechazada y "el procedimiento legislativo ha terminado".
Ahora la Mesa del Congreso, donde el Gobierno y sus socios tienen mayoría, deberá estudiar estos escritos.
El pleno del Congreso rechazó el pasado 30 de enero aprobar la ley de amnistía, con 179 noes, 171 síes y ninguna abstención, al rechazar el texto los siete diputados de JxCat, que previamente habían dado su visto bueno al dictamen de la ponencia, que sí salió adelante.
A la vista de la votación, la presidenta del Congreso, anunció, citando el artículo 131.2 del Reglamento, que la proposición de ley se devolvía a la Comisión de Justicia para que se emita un nuevo dictamen, ya que no se había obtenido mayoría absoluta para su aprobación.
En sus escritos, Partido Popular y Vox apuntan que el artículo 131.2 contempla que cuando la votación de una ley orgánica no consiga mayoría absoluta "el proyecto será devuelto a Comisión", para argumentar que en éste caso sí hubo una mayoría de este tipo pero para rechazar la ley.
Aluden además al artículo 79.2 de la Constitución, que recoge que los acuerdos de las Cámaras para ser válidos "deberán ser aprobados por la mayoría de los miembros presentes, sin perjuicio de las mayorías especiales que establezcan la Constitución o las leyes orgánicas".
También coinciden en señalar dos precedentes en los que se devolvió el texto del dictamen a la comisión, subrayando que en ambos casos los proyectos no fueron rechazados sino que sólo alcanzaron la mayoría simple -más síes que noes-, y no la mayoría absoluta que se exigía.
Por todo ello, sostienen que al obtener el conjunto de la ley de amnistía más noes que síes la norma debe decaer.
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