Andalucía

Un pasajero no tiene derecho a compensación por el retraso del vuelo si no fue al embarque

El pasajero tiene derecho a compensación cuando "se concreta en una pérdida de tiempo irreversible, igual o superior a tres horas"

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  • Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció hoy que un pasajero no tiene derecho a compensación por un vuelo con gran retraso si no fue al embarque o si compró un billete alternativo.

Los jueces de la corte con sede en Luxemburgo entienden que el pasajero tiene derecho a compensación cuando "se concreta en una pérdida de tiempo irreversible, igual o superior a tres horas" por lo que si "un pasajero no se ha desplazado al aeropuerto, en principio no ha sufrido dicha pérdida de tiempo".

Con su fallo, que sienta jurisprudencia en el conjunto de la UE, el TJUE da respuesta a una pregunta prejudicial del Tribunal Supremo Federal alemán relativa a dos pasajeros de un vuelo entre Düsseldorf y Palma de Mallorca.

La conexión iba a sufrir un retraso de más de tres horas, que terminó siendo de 3 horas y 32 minutos.

Ante ese anuncio, y ante el temor de que la espera le impidiera asistir a una cita profesional, un pasajero decidió no desplazarse al aeropuerto y otro compró un billete alternativo, gracias al cual pudo llegar a su destino con un retraso inferior a tres horas con respecto al vuelo inicial.

Ambos reclamaron 250 euros de indemnización, a la que el TJUE señala que no tienen derecho. 

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