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Andalucía

La Junta inicia el trámite contra el reconocimiento de Comunidad Andaluza de 74 entidades

a iniciado el procedimiento para "dejar sin efecto el reconocimiento oficial" por "no desarrollar actividades culturales y sociales de carácter andaluz"

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  • Juanma Moreno, el Día de la Bandera Andaluza. -

La Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa ha iniciado el procedimiento para "dejar sin efecto el reconocimiento oficial como 'Comunidad Andaluza'" concedido a 74 entidades "por no desarrollar actividades culturales y sociales de carácter andaluz".

Así se desprende de un anuncio de la Dirección General de Andalucía Global de la citada consejería consultado por Europa Press tras ser publicado el pasado miércoles, 27 de diciembre, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), por el que se emplaza a 74 entidades para "dar conocimiento del acuerdo de inicio de procedimiento para dejar sin efecto el reconocimiento oficial como Comunidad Andaluza".

Según detalla dicho anuncio de la Consejería de la Presidencia, la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo, establece, en su artículo 2.2, que tendrán la consideración de Comunidades Andaluzas "las entidades reconocidas oficialmente, sin animo de lucro, legalmente constituidas fuera de Andalucía, cuyos fines estatutarios y actuación ordinaria se dirijan a la consecución de los objetivos fijados en esta ley".

Asimismo, el artículo 21 dicha normativa concreta "los requisitos que han de reunir estas entidades para su reconocimiento como Comunidades Andaluzas, y entre ellos el objetivo básico de mantener los lazos culturales, sociales o económicos con Andalucía".

Por su parte, el artículo 29 de la Ley 8/2006, de 24 de octubre, regula la cancelación del reconocimiento, estableciendo que, "de producirse el incumplimiento de esta ley por parte de una Comunidad Andaluza o la ausencia de la actividad manifiesta durante al menos dos años, se adoptará, previa audiencia de la entidad y del Consejo de Comunidades Andaluzas, el correspondiente acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se deje sin efecto el reconocimiento como Comunidad Andaluza con la consiguiente cancelación en el Registro Oficial de tales entidades".

Las 74 entidades que se ven afectadas por el inicio de este procedimiento fueron reconocidas como 'Comunidades Andaluzas' por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, siendo inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas, si bien la Junta plantea dejar sin efecto esos reconocimientos tras constar su "inactividad, durante más de dos años" en orden "al mantenimiento de los vínculos culturales y sociales con Andalucía".

La Junta ha decidido publicar este anuncio en el BOJA tras resultar "infructuosos los intentos de notificación del trámite de audiencia para dejar sin efecto el reconocimiento como Comunidad Andaluza a estas setenta y cuatro entidades", por "no desarrollar actividades culturales y sociales de carácter andaluz".

El anuncio de la Dirección General de Andalucía Global recoge en un anexo el listado de los nombres de las 74 entidades para las que se plantea retirar el reconocimiento de 'Comunidad Andaluza', de las que cerca de la mitad --un total de 32-- se ubican en Cataluña, si bien también hay diez de la Comunidad Valenciana, ocho de la Comunidad de Madrid y dos de Cantabria.

Además, siete de estas entidades están ubicadas --una en cada caso-- en Aragón, Navarra, Asturias, Castilla y León y las islas Canarias y Baleares, así como en la ciudad autónoma de Melilla, y otras están radicadas en el extranjero, entre Europa y América; en concreto, en Francia --seis de ellas--, Suiza (2), Bélgica (1), Alemania (1), Argentina (2), Uruguay (1), Venezuela (1) y Colombia (1).

Contra este acuerdo del Gobierno andaluz, que "pone fin a la vía administrativa", las personas interesadas "podrán interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (...), o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su notificación, ante la Dirección General de Andalucía Global de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa".

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