Conil

El TSJA rebaja la condena condenado por un alijo en Conil por "participación secundaria"

Los hechos se remontan a la madrugada del 17 de diciembre de 2021, cuando los otros dos acusados en el caso arribaron con una embarcación en la Cala del Aceite

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  • Alijo de drogas (archivo). -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado en un año y dos meses la condena de la Audiencia Provincial de Cádiz impuesta a un acusado de participar en un alijo producido en Conil de la Frontera al considerar su intervención en la operación como "una participación secundaria". Así, ha pasado de cuatro años y medio de cárcel a tres años y cuatro meses.

En la sentencia, recogida por Europa Press, el TSJA argumenta que "parece lógico no aplicar la misma exasperación punitiva que correspondería a los organizadores de la travesía o al destinatario del alijo a quien no es, en palabras de sentencia del Tribunal Supremo
859/2015, sino un mero peón en el transporte de la droga".

Asimismo, recuerda que la ausencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad hace entrar en juego la regla sexta del artículo 66.1 del Código Penal, debiendo fijarse la pena concreta en atención a la mayor o menor gravedad relativa del hecho y a las circunstancias
personales del culpable.

Así, ha indicado que en este caso el criterio objetivo aconsejaría una individualización al alza, en función de la gran cantidad de droga que se pretendía introducir y de que los medios materiales y humanos puestos en juego para ello revelan una cierto grado de organización delictiva, "una trama con la que el acusado estaba en contacto".

No obstante, en sentido contrario, el historial laboral del acusado, que cuenta con un contrato de trabajo de fijo, está cursando formación profesional, carece de antecedentes penales y policiales a sus ahora 22 años de edad, "apuntan a una actividad delictiva aislada y ocasional, que postula la aplicación de una pena reducida".

Así, el TSJA, "compensando racionalmente uno y otro factor", ha optado por imponer la pena de prisión dentro de la mitad inferior de su extensión, lo cual ha pasado de cuatro años y seis meses a tres años y cuatro meses.

Los hechos se remontan a la madrugada del 17 de diciembre de 2021, cuando los otros dos acusados en el caso arribaron con una embarcación en la Cala del Aceite en Conil con una embarcación que contenía 64 fardos de hachís que iban a ser descargado e introducido en dos vehículos todoterrenos que esperaban en la arena de la playa con motores arrancados y maleteros abiertos orientados hacia la embarcación.

En los coches había un grupo de personas que al descubrir la presencia de la Guardia Civil emprendieron la huida, produciéndose una persecución por carretera y llegando a colisionar con el vehículo policial y huyendo posteriormente a pie. Finalmente, según da la sentencia como hechos probados, el acusado fue localizado más tarde en uno de los polígonos de Conil, a una distancia de entre dos y cuatro kilómetros de donde se produjo el accidente con el coche policial.

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