El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el decreto ley por el que se concede una ayuda de 5.000 euros anuales a los menores huérfanos por violencia de género en la comunidad, una prestación que podrá solicitarse desde 2024.
La consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, Loles López, ha dado a conocer en la rueda de prensa posterior a la reunión del gabinete esta regulación, para la que se destinará el próximo año una partida de 350.000 euros ampliable en función del número de solicitudes recibidas durante el año.
El decreto ley modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, y regula por primera vez en la comunidad autónoma la prestación económica a los hijos e hijas menores de edad de mujeres víctimas mortales como consecuencia de violencia de género.
La consejera ha precisado que las ayudas se podrán solicitar hasta alcanzar la mayoría de edad y que con el objetivo de llegar al mayor número posible de beneficiarios, se podrán acoger a esta prestación los menores huérfanos por asesinatos ocurridos antes de la aprobación de esta norma.
"Si ocurrió hace tres años y hoy siguen siendo menores de edad pueden solicitar esta prestación", ha puesto como ejemplo López, que ha añadido que el único requisito es que "bien ellos o su madre residieran en Andalucía en el momento del asesinato".
La prestación, que se concede por persona y no por familia, no podrá ser administrada por el autor del crimen, ha detallado la consejera, que ha subrayado que es la primera vez que se pone en marcha una ayuda de estas características y que "nunca antes se había reconocido este derecho" a los huérfanos.
Tras recordar que en lo que va de año hay 51 menores huérfanos por violencia de género en España, 13 de ellos en Andalucía -428 en todo el país desde que hay estadísticas, 87 en Andalucía-, la titular de Inclusión Social ha indicado que esta medida "permite dar un enfoque global a la atención" de los menores en esta situación.
Este derecho se extiende a las personas menores de edad cuya tutela ejerza la Junta o cualquier otra administración pública y a aquellos menores que en el momento de los hechos se encuentren bajo la tutela judicial.
Esta ayuda económica será compatible y complementaria con cualquier otra prestación pública o privada que se perciba por el mismo motivo.
La solicitud deberá realizarse por parte de la persona representante legal del menor de edad y puede presentarse de manera presencial o electrónica desde el día siguiente al de la publicación del decreto ley en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) hasta que las personas huérfanas alcancen la mayoría de edad.
Además, el documento aprobado fija que el primer pago se realizará cuando se dicte la resolución de concesión y las sucesivas anualidades se harán efectivas el segundo semestre del año.
Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es