San Fernando

Exclusiva

El Ayuntamiento isleño deberá indemnizar a una mujer que se cayó en la vía pública

Tendrá que abonarle 5073 euros

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • Inmediaciones donde se produjo la caída. -

El 8 de mayo de 2020, una peatona, mientras transitaba por la calle Profesor Antonio Ramos a la altura de la Parroquia del Santo Cristo, sufrió una caída por las malas condiciones del acerado, que se encontraba agrietado y levantado debido a las raíces del arbolado. La mujer denunció al Ayuntamiento isleño y ha sido indemnizada con 5073 euros.

El primer juicio relacionado con este incidente se llevó a cabo en mayo de 2022. En respuesta a la demanda presentada, el Ayuntamiento se opuso y solicitó pruebas documentales, periciales y testimoniales. La segunda audiencia tuvo lugar el 2 de noviembre, culminando en la emisión de una sentencia. La perjudicada resultó con una rotura en el tendón de la mano izquierda. La compañía aseguradora argumentó que estas lesiones no eran atribuibles al incidente, motivando la solicitud de peritajes.

El abogado demandante, José Manuel Castilla Peci, buscó una compensación de 10.147,66 euros por los perjuicios ocasionados. La parte demandada alegó que el deterioro en la vía pública existía desde 2017, y que la afectada estaba al tanto de este defecto, ya que residía en las cercanías del lugar del incidente. Además, señaló que la caída ocurrió durante una hora con buena iluminación (20:00 horas en mayo), argumentando así una disminución en la indemnización a 5073 euros – el 50 por ciento de la cantidad demandada-, al considerarla como una responsabilidad compartida, debido a que la sentencia fue estimatoria en esa cantidad.

La base legal invocada para la demanda se encuentra en el artículo 32 de la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público, que establece el derecho de los particulares a ser indemnizados por las Administraciones Públicas por daños sufridos en sus bienes y derechos debido al funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, excepto en casos de fuerza mayor o cuando el particular tenga el deber jurídico de soportar los daños según la ley.

José Manuel Castilla Peci expresó su satisfacción por la sentencia, destacando la rareza de imputar a los Ayuntamientos por perjuicios en el acerado, y valorando positivamente el resultado del litigio.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN