Tras revisar la sentencia recurrida por Sánchez, el tribunal de la Sección Primera considera que es "indudable" que el vertido se produjo, pero que no ha quedado claro que éste causara un "grave riesgo al ecosistema", y que el entonces alcalde lo provocara con su conducta. Por eso, en este caso los jueces estiman necesario aplicar el principio 'in dubio pro reo', por el que en caso de duda, la decisión ha de decantarse a favor del condenado, según consta en la resolución judicial, a la que tuvo acceso Europa Press.
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