El decreto ley de la Junta de Andalucía que modifica la normativa autonómica en materia de universidades para adaptarla a las novedades introducidas en materia de personal docente e investigador laboral por la nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) entra en vigor este sábado tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) a la espera de su convalidación por el Pleno del Parlamento, donde prosperará merced a la mayoría absoluta del PP-A.
Uno de los principales aspectos de esta reforma parcial es la recuperación en Andalucía de la figura del profesor contratado doctor. La Junta justifica que este cambio se realice de forma urgente para garantizar la estabilidad del profesorado no funcionario en Andalucía y dotar de mayor seguridad jurídica a las instituciones académicas públicas en la contratación y en los procesos de acceso y promoción a uno de los principales colectivos incluidos, pero no regulado en la LOSU, como es el de profesorado permanente laboral.
Según la Junta, con esa adaptación Andalucía lidera a las comunidades autónomas que adecúan su marco legislativo para dar cabida a las nuevas figuras docentes e investigadoras creadas, evitando así la paralización en la contratación con la desaparición del contratado doctor en la LOSU y que se recupera con esta modificación legislativa. Se trata de un perfil muy presente en las plantillas docentes de las universidades públicas, ya que es el último nivel en el que desembocan quienes aspiran a lograr la condición de funcionario en la carrera académica.
La adecuación normativa afecta únicamente al artículo 40 de la Ley Andaluza de Universidades (LAU), donde se desarrollan las clases y modalidades de contratación de la plantilla integrada por profesores e investigadores. Con esta reforma parcial se da una respuesta inmediata a la demanda planteada por las instituciones académicas y también se elimina el vacío legal generado por la LOSU en torno a esta figura.
Para acceder a la plaza del nuevo profesor contratado doctor se establece como requisitos indispensables contar con el título de doctor y disponer de la acreditación correspondiente. Por otro lado, y con el fin de paliar el déficit del profesorado universitario en las instituciones sanitarias, se crea la figura del ayudante doctor vinculado, la cual permitirá iniciar la doble carrera asistencial y académica desde etapas profesionales tempranas. Esta trayectoria se podrá continuar con la contratación como profesor contratado doctor vinculado en el régimen laboral o profesor titular vinculado como funcionario.
De igual modo, la Junta de Andalucía ha incorporado como novedad la categoría de profesor distinguido, diseñada para docentes e investigadores, tanto españoles como extranjeros, que estén desarrollando su carrera en el extranjero y cuya excelencia y contribución científica, tecnológica, humanística o artística sean significativas y reconocidas internacionalmente.
NUEVA LEY ANDALUZA
Al margen de esta reforma parcial, el Gobierno andaluz está inmersa en la elaboración de una nueva Ley autonómica de universidades y el objetivo es que este texto normativo inicie el trámite parlamentario en el primer semestre del próximo ejercicio.
El futuro marco legislativo andaluz se adaptará al resto de cambios contemplados en la LOSU e introducirá medidas de mejora del sistema universitario para reducir la burocracia, buscar la excelencia, fomentar la movilidad, incrementar el sistema de becas de estudio o impulsar la formación dual universitaria, entre otros.
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