Andalucía

Emerita asegura que será la justicia la que resuelva sobre Aznalcóllar

Afirma que “no es cierto que la Justicia allane el camino para que Grupo México explote la mina de Aznalcóllar”

Publicidad Ai Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
  • Estado actual de la presa de Aznalcóllar. -

La empresa Emerita Resources España SLU, que optó a la reapertura de la mina de Aznalcóllar, ha recordado que será la justicia y en tres procedimientos judiciales diferentes, dos de carácter contencioso-administrativos y uno de carácter penal, la que resolverá “a quien le corresponderán los derechos mineros de Aznalcóllar” y se muestra confiada una sentencia favorable a sus intereses permitirá que se hagan con los derechos, ya que la Ley de Minas establece que un concurso no puede quedar desierto y pasaría al siguiente clasificado, en su caso, Emerita. En una nota enviada a la agencia Sevimedia, "en el ejercicio de su derecho de rectificación, ante la información difundida por Servimedia el pasado 13 de octubre con el titular “La Justicia española allana el camino para que Grupo México, la tercera mayor minera de cobre del mundo, explote la mina de Aznalcóllar”, quiere dejar claros una serie de puntos.

"No es cierto que la Justicia allane el camino para que Grupo México explote la mina de Aznalcóllar. Concretamente el auto al que hace referencia la noticia tan solo resuelve una solicitud de Ecologistas en Acción, en la que pedían como medida cautelar la “suspensión y paralización de ciertos trabajos y la revocación de ciertas licencias administrativas”, afirma la mercantil saliendo así al paso de dicha información.

Así, apuntan que no se hace mención en ese auto al fondo del asunto, que a juicio de Emerita es que la vista principal está fijada para marzo de 2025 “y en ese momento se practicarán las pruebas propuestas y admitidas y se dictará una sentencia”, recordando que además de este procedimiento penal, “existen dos procedimientos contenciosos administrativos” el 528/2015 (y acumulados) y el 195/2017 en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, “que también resolverán sobre nuestra impugnación del concurso minero”.


“Por lo tanto, será en estos procedimientos judiciales donde se resolverán las cuestiones sobre a quién le corresponderán los derechos mineros de Aznalcóllar y no mediante un mero auto de trámite que resuelve la solicitud una medida cautelar”, sentencian.

Emerita ha negado que su empresa haya solicitado esa medida cautelar, que pidió “de forma unilateral” Ecologistas en Acción en un escrito a la Audiencia de Sevilla, pero sí que asegura que “lo cierto es que, tras 8 años, la mina continua paralizada y aún no han solicitado el permiso/concesión de explotación, ya que aun no tiene la Autorización Ambiental Unificada ni el visto bueno a su proyecto sobre vertidos del agua que tiene que emitir Confederación Hidrográfica del Guadalquivir”.

Abunda la empresa en que el auto “no dice nada de que Emerita no podrá explotar la mina por la vía de recurso judiciales. Obviamente eso es absurdo –señalan-, ya que los dos contenciosos administrativos, resolverán sobre la adjudicación del concurso y a quien corresponde los derechos mineros. El procedimiento penal determinará si hay o no comisión de delitos y en su caso, anulará la adjudicación”.

En este punto, la compañía asegura que “cuando finalice alguno o todos estos procedimientos y obtengamos una sentencia favorable, el concurso no podrá quedar desierto en virtud del artículo 53.3 Ley 22/1973 de Minas, que establece la prohibición de que el concurso minero quede desierto debiendo pasar al siguiente clasificado que haya cumplido con todos los requisitos exigidos en el concurso, que es Emerita en este caso”, sentencian.

También han querido negar que Emerita se haya visto “relacionada con ningún escándalo en ninguna de las CCAA de España” y sólo consideran “cierto” es que “en Cantabria, obtuvo un permiso de investigación a través de una compañía participada al 50% por Emerita y tras realizar dicha investigación, gastándose cerca 2,1 millones de euros, concluyó que el proyecto no era viable ya que el mineral no estaba a demasiada profundidad y discontinuo, por lo que no era rentable el proyecto minero”.

Por otro lado, Emerita reconoce que “si bien es cierto que el Ministerio Fiscal de Sevilla, no ha calificado los hechos como delictivos, no es menos cierto, que la Sala Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla, por unanimidad de todos los Magistrados, en tres ocasiones ha dictado autos en lo que califica que hay indicios sólidos de delitos. Si no hubiera sido por estas resoluciones judiciales, no estaríamos con un procedimiento penal que tiene fecha señalada para juicio en marzo de 2025.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN