La delegada de Empleo de la Junta en Córdoba, María Dolores Gálvez, ha animado este lunes a los ayuntamientos de la provincia a solicitar las ayudas que, por un total de 1,43 millones de euros, destina la Administración autonómica a los consistorios que desarrollen actividades que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, cerrándose el próximo 10 de agosto el plazo para pedir dichas ayudas, que pueden ser de hasta 20.000 euros por proyecto.
En concreto, según ha explicado Gálvez en una nota, se trata de una nueva convocatoria de la Línea 8 de la Orden de 5 de octubre de 2020, con un presupuesto de 1.438.000 euros, lo que supone un incremento de 358.000 euros frente a la convocatoria 2022 de estas ayudas, con la que se financiaron proyectos de 70 entidades andaluzas.
La delegada de Empleo ha explicado que el pasado año "fueron seis ayuntamientos cordobeses los que vieron aprobados sus proyectos con una inversión de casi 80.000 euros y este año se espera que puedan acogerse siete entidades locales".
Gálvez ha animado a los ayuntamientos a solicitar estas ayudas "que, por un lado, subvencionan el poder ampliar horarios en instalaciones públicas que faciliten la conciliación, además de subvencionar actividades de distinto tipo en estos periodos vacacionales escolares para ofrecer a los padres y madres distintas opciones" para sus hijos, "mientras ellos trabajan".
La cuantía de estas ayudas puede alcanzar los 20.000 euros por proyecto y su plazo de ejecución debe estar comprendido en el año 2023, siendo objeto de subvención incluso proyectos que, cumpliendo los requisitos, se hayan desarrollado o estén en ejecución desde el 1 de enero de 2023.
Esta medida de apoyo a la conciliación está específicamente destinada a ayuntamientos, entidades locales autónomas (ELA), mancomunidades y consorcios locales, así como otras entidades públicas vinculadas a los mismos, de Andalucía, y subvenciona la realización de dos tipos de actuaciones.
Por un lado, medidas relacionadas con la ampliación de horarios de centros de atención socioeducativa o de atención a la dependencia de titularidad municipal, para la prestación de servicios complementarios de ludoteca y cuidados de menores u otras personas dependientes, y por otro lado, la realización de actividades lúdicas, culturales y deportivas dirigidas a menores de 12 años o a personas dependientes, desarrolladas en horarios no escolares o de prestación de servicios ya reconocidos por otra normativa, así como en periodos vacacionales.
Se pueden presentar como gastos incentivables los relativos al personal de la entidad solicitante, cuando la actuación se desarrolle con recursos propios, así como gastos derivados de prestación de servicios. También resultan financiables gastos de material fungible no inventariable, hasta un máximo del 25% del presupuesto aceptado, así como los gastos en alimentación y comedor que resulten necesarios para la realización de la actividad.
Las solicitudes, que se tramitan en régimen de concurrencia no competitiva, deberán registrarse necesariamente de manera telemática, a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, disponible en 'https://lajunta.es/4a2hz'.
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