Los hechos sucedieron el pasado 5 de julio, cuando fue presentada la denuncia en el cuartel de la Guardia Civil, informó ayer el instituto armado en un comunicado.
La denunciante manifestó que fue invitada por un hombre, al que había conocido en un local de ocio, a su domicilio y, una vez allí, intentó estrangularla y ahogarla con una almohada, por lo que perdió el conocimiento.
Cuando la víctima despertó encontró que la puerta del domicilio estaba cerrada con llave y que le habían sustraído dinero de su bolso.
La mujer fue rescatada por los bomberos tras pedir auxilio a través de las ventanas, y posteriormente denunció los hechos ante la Guardia Civil, que abrió una línea de investigación encaminada a la localización y detención del presunto autor de los citados hechos delictivos.
Tras las investigaciones se procedió a la detención de A.J.M., que fue puesto a disposición judicial junto a las diligencias instruidas.
Por otra parte, el Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 16 años de prisión impuesta a un ciudadano alemán por matar de un disparo a su pareja sentimental, el 23 de julio de 2006, en el domicilio que compartían en Cala Murada (Mallorca).
Así lo acordó la Sala de lo Penal del TS en una sentencia, en la que desestima el recurso interpuesto por Rudolf Eberhard Messerer contra la dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, que había confirmado la de la Audiencia Provincial de Palma, tras el veredicto de un jurado popular.
La Audiencia Provincial condenó al alemán a 15 años de prisión por asesinato y a un año por tenencia ilícita de armas, así como al pago de una indemnización de 150.000 euros a la hija de la víctima.
El Tribunal del Jurado consideró probado que fue Messerer quien disparó el tiro que mató a la víctima en la cocina del domicilio de la pareja.
La sentencia calificó de hecho probado que Messerer escondió la carabina con la que efectuó el disparo tras el rodapié de un mueble de la cocina y salió al jardín de la vivienda.
El abogado de la defensa, Carlos Portalo, pidió al Supremo el pasado en una vista pública que anulara la citada resolución.
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