El 70 por ciento de las parejas de Andalucía se casan en régimen de gananciales, según los cálculos de la secretaria de Organización de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), Inmaculada Marín Carmona.
El matrimonio en gananciales implica que cada uno de los cónyuges es propietario a partes iguales de los bienes obtenidos a partir del momento en el que contraen matrimonio, un patrimonio en común del que se excluye los bienes que les pertenecían a cada uno antes de la unión y los que se perciban después por herencia o donación.
El régimen de separación de bienes ha crecido en el conjunto de España y en Andalucía, y para ello, la pareja debe firmar unas capitulaciones antes o después del contraer matrimonio.
Según las estadísticas del Consejo General del Notariado de España, en 2022 se firmaron en Andalucía 12.116 capitulaciones prenupciales y postnupciales con el objeto de acogerse al régimen de separación de bienes, lo que supone un crecimiento del 59 % respecto al año 2011.
Entre las ventajas de la separación de bienes antes del matrimonio, la AEAFA ha citado en un comunicado que cada cónyuge conserva la totalidad de su patrimonio y puede disponer de él sin consentimiento del otro, aunque es posible adquirir bienes comunes, y que en caso de separación, el proceso suele ser más simple.
La Asociación Española de Abogados de Familia celebra este 8 y 9 de junio en Málaga las primeras jornadas monográficas sobre el reparto de las ganancias y las deudas de las parejas divorciadas que en su momento se casaron en régimen de sociedad de gananciales.
Si una pareja con régimen de gananciales decide separarse, debe iniciar un procedimiento para la liquidación de la sociedad, un proceso sobre el que cerca de 200 expertos debatirán en el Colegio de la Abogacía de Málaga.
Si la pareja decide no liquidar los bienes inmediatamente tras el divorcio, recomienda fijar con un abogado de Familia las reglas sobre el uso que se va a dar a esos bienes hasta que se lleve a cabo el reparto, quién va a pagar los gastos que se generen o cómo se va a gestionar su administración.
De ese modo, se evitarán muchos conflictos y malentendidos entre la pareja, sobre todo, derivados por el uso de la vivienda, aconseja la asociación.
Cuando los miembros de la pareja no se ponen de acuerdo con el reparto, es necesario realizar un listado de todos los bienes que se han adquirido durante el matrimonio: cuentas bancarias, viviendas, participaciones o acciones de sociedades.
También hay que incluir posibles deudas que deban ser afrontadas por ambos, con independencia de quien las haya adquirido, como los préstamos, aconseja la AEAFA.
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