Málaga

Juicio contra el exdecano de los abogados de Málaga por desobediencia

Francisco Javier Lara no envió al juzgado ningún abogado de guardia durante el primer estado de alarma por la pandemia

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  • Llegada a los juzgados (archivo). -

El exdecano del Colegio de Abogados de Málaga Francisco Javier Lara será juzgado este lunes por un delito de desobediencia, después de que durante el primer estado de alarma por la pandemia no enviara al juzgado ningún abogado de guardia, aduciendo motivos de seguridad, incumpliendo así el requerimiento judicial.

La vista oral se celebrará en el Juzgado de lo Penal número 15 de Málaga el lunes y el miércoles, según han informado a EFE fuentes judiciales, que han precisado que está previsto que acudan para apoyarlo numerosos abogados y decanos de otros colegios de distintas comunidades autónomas, así como asociaciones de estos profesionales.

No es la primera vez que abogados de toda España se concentran como muestra de rechazo a la investigación y procesamiento del exdecano, y en 2021 en Madrid se llegó a realizar una marcha como señal de protesta desde la sede del Consejo General de la Abogacía Española hasta la del Consejo General del Poder Judicial.

El fiscal pide que Lara sea condenado a una pena de doce meses de multa con una cuota diaria de quince euros con responsabilidad subsidiaria por impago de multa, según el escrito acusatorio, al que ha tenido acceso EFE.

En el relato acusatorio el ministerio público señala que "el acusado impidió el libre ejercicio del derecho a desempeñar su profesión liberal de todos aquellos abogados dispuestos a prestar el servicio de Guardia de Detenidos".

Y ello lo hizo de "de modo consciente y a sabiendas de su deber de cumplimiento".

El fiscal mantiene que incumplió un requerimiento judicial del Juzgado de Instrucción número 10 de Málaga, ya que la magistrada dictó un providencia el 6 de mayo que le advertía que tenía que proporcionar el nombre de los abogados que estaban de guardia a fin de comunicarles que debían acudir a la mayor brevedad para asistir a los detenidos en el Juzgado de Guardia.

En dicha providencia se hacía constar expresamente que, en el caso de no acudir, se procedería "a deducir oportuno testimonio de todo lo actuado y su remisión al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, al Consejo General del Poder Judicial, al defensor del pueblo y a la consejería de Justicia, sin perjuicio de deducir testimonio por presunto delito de desobediencia".

Dicha resolución fue notificada al Colegio de Abogados a través de correo electrónico, pero dicho organismo, según el fiscal, no hizo ninguna comunicación y no se personó ningún letrado a asistir a los detenidos, por lo que el juzgado puso en libertad a los cuatro arrestados.

El mismo día que fue enviada la providencia judicial, el entonces decano remitió al juzgado un correo en el que manifestaba haberlo recibido, por lo que era "consciente" del requerimiento y apercibimientos acordados en dicha resolución judicial, siempre según el fiscal.

En este sentido, el ministerio público destaca que la Guardia de Detenidos en cualquier partido judicial fue considerada como un servicio esencial y de inexcusable cumplimiento.

Sobre las 9.36 horas de ese día, el juzgado comunicó al Colegio de Abogados que tenían cuatro detenidos y, debido a que la representante del Colegio de Abogados le informó de que la asistencia letrada no se iba hacer de forma presencial, sino a través del sistema de videoconferencia, "sin llegar a proporcionar el nombre de los letrados que iban a estar de guardia", fue cuando la magistrada decidió dictar la providencia.

El exdecano siempre ha mantenido que "nunca tuvo intención de desobedecer ninguna orden judicial y que para él era preferente en esos momentos el derecho a la salud de los abogados", y que "quería tener la absoluta seguridad" de que los letrados "iban a prestar servicio con seguridad, tranquilidad y sin poner en peligro su salud".

"Morían miles de personas diariamente, no se sabía nada todavía de la covid. No había mascarillas, geles y solo pedía hacer las guardias por videoconferencia o con protección", ha subrayado a EFE Francisco Javier Lara.

El acusado impidió el libre ejercicio del derecho a desempeñar su profesión liberal de todos aquellos abogados dispuestos a prestar el servicio de Guardia de Detenidos de modo consciente y a sabiendas de su deber de cumplimiento

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