El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Córdoba ha condenado a una aseguradora sanitaria al pago de una indemnización de 34.911 euros a una paciente que sufrió quemaduras por deflagración en el quirófano mientras se le practicaba una cesárea en un hospital privado de la capital cordobesa.
La asociación "El Defensor del Paciente" ha señalado en una nota que en abril de 2019, la paciente acudió al hospital para ser asistida en el parto de su segundo hijo y se decidió la práctica de cesárea, si bien al inicio de la intervención quirúrgica sufrió importantes quemaduras por deflagración a nivel de espalda.
Según la asociación, fue ella misma quien avisó a los facultativos allí presentes de que notaba la "sensación de estar ardiéndole la piel", por lo que en ese momento los médicos retiraron las sábanas quirúrgicas y visualizaron la existencia de una "deflagración a nivel de espalda".
Debido a ello, la paciente sufrió quemaduras de segundo grado superficial y áreas de segundo grado profundo que en un inicio afectaron al 18 por ciento de su superficie corporal total.
Tras las primeras curas, persistió la afectación de segundo grado intermedia en mitad superior de flanco izquierdo y zona central de espalda, así como superficial en cuadrantes externos de mama izquierda, flanco izquierdo, tercio medio de espalda y mitad superior de flanco derecho, en un 8 % de la superficie corporal total.
Las quemaduras requirieron desbridamiento quirúrgico, curas periódicas y seguimiento por cirugía plástica, mientras que a consecuencia de la llamarada sufrida en el quirófano, la paciente "padece importantes secuelas consistentes en cicatrices eritematosas, con zonas sobreelevadas e hipermelánicas (oscurecidas), que le ocasionan perjuicio estético".
Por su lado, la aseguradora alegó que la responsabilidad podría ser de la paciente debido a que presentaba pliegues en la piel donde se habría acumulado, supuestamente, el líquido inflamable, dificultando su evaporación y favoreciendo la aparición del fuego.
Sin embargo, el juzgado reconoce en su sentencia, ya recurrida, la "responsabilidad" de la aseguradora de salud ya que "algo falló" y ello es "única y exclusivamente imputable al equipo médico", por lo que "todo apunta a que la solución antiséptica aplicada entró en contacto con el bisturí eléctrico produciéndose el fuego que causó las quemaduras a la paciente".
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