Así lo establece la sección primera de la Sala de lo Penal de este tribunal en una sentencia en la que ha absuelto a los cinco directivos del periódico Martxelo Otamendi, Ignacio María Uria, Juan María Torrealdai, José María Auzmendi y Javier Oleaga, para quienes las acusaciones pedían entre 12 y 14 años de prisión, mientras que el fiscal no presentó acusación.
La sentencia considera probado que el 6 de diciembre de 1990 salió el primer número del periódico Euskaldunon Egunkaria, editado íntegramente en euskera, cuyo capital era de 10 millones de pesetas –60.000 euros– y que cuando se intervino judicialmente ascendía a 1.670.000 euros.
“No se ha acreditado que parte alguna del capital social u otros recursos fueran de procedencia ilícita”, subraya la Sala, que añade que “tampoco consta envío o desvío de fondos o activos de clase alguna desde la sociedad editora o el diario a la banda terrorista ETA”.
El tribunal entiende que el diario no publicaba editoriales “como expresión de una determinada forma de pensar de sus editores o de las personas que las realizaban diariamente”, además de considerar que no se han “defendido postulados de ETA, recibido órdenes de ésta” o que los procesados “fueran designados, estuvieran vinculados, colaboraran u obedecieran consignas” de la banda armada.
Dichos argumentos fueron los que llevaron al juez Juan del Olmo a clausurar el rotativo en febrero de 2003, una medida cautelar que para la Sala tiene “difícil encaje” en el ordenamiento jurídico, ya que no se trata de “empresas o sociedades cualquiera”, sino de medios de comunicación que “desarrollan una actividad imprescindible en una sociedad democrática”.
Para la Sala, Del Olmo sacrificó la libertad de prensa para prevenir el supuesto riesgo de reiteración delictiva, pero entiende que el juez podría haberlo conseguido “usando otras posibilidades alternativas de intervención cautelar que no implicaran la interrupción de la actividad informativa”.
“Sobre todo”, añade la sentencia, cuando la prueba practicada descarta que el periódico “fuera instrumento para la comisión de delitos o soporte de actividad criminal alguna” de ETA.
El tribunal recuerda que el proceso se abrió en 2001 a raíz de una querella de la Fiscalía, si bien retiró la acusación en 2006 al considerar que la investigación no arrojó datos para sostener que Egunkaria es un instrumento de ETA.
El Estado podría tener que pagar 60 millones
El coste que podría suponer para el Estado el cierre del diario ‘Egunkaria’, podría ascender a 60 millones de euros, según la asociación Dignidad y Justicia, que ha señalado que ese dinero servirá para financiar el entorno de ETA.
Así lo explicó a Efe el presidente de esta asociación, Daniel Portero, ante la posibilidad de que los cinco directivos del diario absueltos exijan responsabilidad patrimonial por el cierre del periódico y sus detenciones.
Portero precisó además que la sentencia dictada por la sección primera de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional “parece a priori bastante recurrible” porque contiene una serie de “fallos y errores” y una base jurídica “poco justificada”, aunque ha señalado que aún están estudiando si recurrirla al Tribunal Supremo, algo que tendrán que anunciar en el plazo de cinco días.
Los cinco acusados se enfrentaban a penas de entre 12 y 14 años de prisión que solicitaban las acusaciones populares ejercidas por Dignidad y Justicia y la Asociación de Víctimas del Terrorismo, no así Fiscalía, que no presentó acusación al sostener que el periódico no estaba subordinado a la banda armada.
Las dos asociaciones han señalado que la absolución es un “duro golpe” a la lucha contra el terrorismo y han insistido en que el diario “formaba parte del entramado de ETA”.
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