La Audiencia Provincial de Granada ha condenado a nueve meses de prisión a un paciente que insultó y agredió a una doctora del Hospital Clínico San Cecilio después de que tuviera un fuerte altercado con su compañero de habitación, el cual se encontraba muy enfermo, y ella le llamara al orden para que volviera a su cama y se pusiera la mascarilla.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y contra la que cabe recurso, se expone que los hechos ocurrieron el 13 de octubre de 2020 coincidiendo con la segunda ola de la pandemia de covid-19, en un momento en el que había "medidas de prevención muy restrictivas" en los hospitales públicos.
El acusado se encontraba ingresado tras haber sido operado y estaba pendiente de otra intervención. Compartía habitación con otro paciente muy grave que, de hecho, falleció "a las pocas horas" de que ocurriera el altercado, y se quejaba de que esta persona "le molestaba y no le dejaba descansar", por lo que acabó perdiendo las formas y provocando un "fuerte" altercado.
La doctora, médico especialista en cirugía vascular, se hallaba aquella mañana de servicio pasando visitas junto con otra facultativa en la planta destinada a enfermos de esas patologías, en una de cuyas habitaciones estaba el acusado. El personal de enfermería le advirtió del alboroto que estaba formando y la doctora le llamó al orden exigiendo que se calmara, volviera a su cama y se pusiera la mascarilla de seguridad "en un momento en que azotaba con especial intensidad la pandemia (...) a lo que el acusado reaccionó increpando a las médicos y cuestionando sus indicaciones".
En un momento dado, se dirigió a la doctora y a sus acompañantes diciéndoles "verduleras, sinvergüenzas, quién sois vosotras para decirme nada" y tras ser nuevamente requerido para que se calmara y volviese a la cama, se abalanzó sobre la doctora y le propinó un fuerte empujón, lanzándola hacia atrás".
El Juzgado de lo Penal 5 de Granada le condenó como autor de un delito de atentado a funcionario público a la pena de 15 meses de prisión, pero el acusado recurrió. Entre otros extremos, alegó que su voluntad no fue la de "ofender, denigrar o desobedecer el principio de autoridad" de la doctora sino que su conducta fue una respuesta "proporcionada" a la situación que se produjo al sentirse "acorralado" por ella y los sanitarios que le acompañaban debido al "grave estado de salud en que se encontraba".
La Sala no comparte esta versión, pero sí considera que la pena que le fue impuesta debe ser rebajada en tanto que la conducta delictiva consistió en "un simple empujón sin consecuencias" y también atendiendo al "estado del propio acusado, hospitalizado en plena pandemia con medidas de prevención muy restrictivas, recién operado y pendiente de otra intervención, con el inconveniente adicional de verse confinado en el pequeño reducto de su habitación con otro paciente muy grave que le molestaba y no le dejaba descansar, aumentando su irritabilidad".
A juicio de la Sala, "la pérdida de sus modales y de la buena educación, y su agresividad con el otro paciente y el personal sanitario, no es que esté justificada en ese conjunto de circunstancias, pero permiten aliviar el reproche penal (...) para dejarlo en su justa medida atendiendo a las circunstancias personales del delincuente y la menor gravedad del hecho".
Así, la Sección Segunda de la Audiencia estima parcialmente el recurso del acusado contra la sentencia del Juzgado de la Penal y acuerda revocarla parcialmente en el sentido de rebajar de 15 a nueve meses la pena de prisión que le había sido impuesta.
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